Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
13-07-2012

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120713-5

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2012, del Director General de Cooperación con la Administración ­Local, sobre la convocatoria por el sistema de Libre Designación, del puesto de Secretaría General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Visto el escrito de la Directora General de Gestión de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Madrid, de 25 de abril de 2012, relativo a la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal de Secretaría General del Pleno de dicho Ayuntamiento.

Visto el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Madrid, así como el informe del Área de Administración y Régimen Jurídico Local de 21 de junio de 2012.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Considerando que, esta Dirección General es competente para la Resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 94/2010, de 29 de diciembre; Decreto 11/2011, de 16 de junio; Decreto 57/2011, de 30 de junio, y Decreto 96/2011, de 7 de julio.

HE RESUELTO

1. Publicar las bases y la convocatoria para la provisión mediante el sistema de Libre Designación del puesto de trabajo de Secretaría General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, aprobada por Resolución 17/2012, de 25 de abril, del Coordinador General de Recursos Humanos.

Resolución 17/2012, de 25 de abril, del Coordinador General de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Madrid, por la que se aprueban las bases que han de regir la convocatoria pública para la provisión del puesto de Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y se convoca dicho puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, por el sistema de Libre Designación

Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta de aprobación de las bases que han de regir en la convocatoria pública, por el sistema de Libre Designación, del puesto de Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal y que se encuentra vacante.

El artículo 13.1 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, dispone que las funciones atribuidas al Secretario General del Pleno quedan reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el artículo 52 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, así como conforme a lo previsto en los artículos 27 y 28.1 y 2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal en su redacción dada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, y en la disposición transitoria séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, procede aprobar las bases y la convocatoria para la provisión de este puesto por el sistema de Libre Designación.

Corresponde al Coordinador General de Recursos Humanos la competencia para convocar y aprobar las bases de las convocatorias de provisión de puestos de trabajo, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.e) del Acuerdo de 5 de enero de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el artículo 18.e) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de 5 de enero de 2012,

RESUELVO

Primero

Aprobar las bases, que se adjuntan como Anexo I, que han de regir la convocatoria para la provisión del puesto de Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Segundo

Convocar para su provisión por el sistema de Libre Designación el puesto de Secretario General del Pleno, con sujeción a las bases aprobadas en el apartado primero de la presente Resolución.

Tercero

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el “Boletín Oficial del Estado”. Los interesados presentarán una solicitud en el modelo de instancia que se incorpora como Anexo II.

Cuarto

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el Coordinador General de Recursos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, de conformidad con los artículos 8.1 y 14.1.2.a) de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISIÓN MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE SECRETARIO GENERAL DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID, RESERVADO A FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL

1. Objeto

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para proveer, por el sistema previsto en la disposición adicional segunda, apartado 5.2 de la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y los artículos 27 y siguientes del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, según redacción otorgada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, el puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal de Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid.

2. Características del puesto

Corporación Local: Ayuntamiento de Madrid.

Número de puesto: 30087029.

Denominación del puesto de trabajo: Secretario General del Pleno.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico anual: 60.911,06 euros.

Forma de provisión: Libre Designación.

Grupo: A1.

Escala: Habilitación Estatal.

Subescala: Secretaría.

Categoría: Superior.

3. Requisitos

3.1. El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por el personal funcionario de carrera perteneciente a la Escala de Habilitación Estatal, Subescala de Secretaría, Categoría Superior, Grupo de clasificación A1.

3.2. No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 18.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal.

4. Convocatoria

La convocatoria será aprobada por el Coordinador General de Recursos Humanos, que la remitirá a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local de la Comunidad de Madrid, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y remisión, a su vez, a la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para su anotación y publicación conjunta en el “Boletín Oficial del Estado”.

5. Solicitudes

5.1. Los interesados presentarán una solicitud dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Las solicitudes se presentarán en la Oficina del Registro del Área de Gobierno y Administración Pública, sito en la calle Bustamante, número 16, en las restantes Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.2. El escrito de solicitud deberá contener los datos previstos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y además deberá indicarse el número de Registro de Personal, la situación administrativa en que se encuentre el solicitante así como su destino.

5.3. A la solicitud se acompañará la documentación que, a juicio del solicitante, se considere pertinente, en orden a demostrar su idoneidad para ocupar el puesto convocado.

6. Nombramiento

6.1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, previos los informes que procedan y de conformidad con lo previsto en el artículo 13.1 de la ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, el Presidente del Pleno procederá, en su caso, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes.

6.2. De la Resolución del Presidente del Pleno se dará cuenta al Pleno de la Corporación y se trasladará a la dirección General de Cooperación con la Administración Local de la Comunidad de Madrid y a la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para su anotación en el Registro correspondiente y su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

7. Toma de posesión

7.1. Conforme a lo establecido en el artículo 23 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, el plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo en la misma localidad, o un mes, si se trata del primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.

7.2. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución de la Libre Designación en el “Boletín Oficial del Estado”. Si la Resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

8. Normativa supletoria

En lo no previsto por las presentes bases será de aplicación el capítulo V del Real ­Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y las prescripciones correspondientes del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

9. Recursos

Contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el Coordinador General de Recursos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, de conformidad con los artículos 8.1 y 14.1.1.2.a) de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


2. Remitir la presente Resolución al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a efectos de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

3. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el ilustrísimo señor Viceconsejero de Asuntos Generales de la Vicepresidencia, o ante el Director General de Cooperación con la Administración Local en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 21 de junio de 2012.—El Director General de Cooperación con la Administración Local, Jaime González Taboada.

(03/24.022/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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