Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
08-07-2022

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220708-12

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

12
DECRETO 45/2022, de 6 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la permuta de una franja de superficie de 12.448 m2, correspondiente a ocho parcelas propiedad de la empresa El Canto de la Gallina, S. A., y su declaración de utilidad pública y agregación al “Monte de Valdemaqueda”, número 185, del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, por una franja de la misma superficie del citado monte y la desafectación de su carácter de utilidad pública, ambas situadas en el término municipal de Valdemaqueda.

Mediante Decreto 74/2006, de 14 de septiembre, del Consejo de Gobierno, se declararon de utilidad pública 31 montes para su urgente reforestación, entre ellos el “Monte de Valdemaqueda”.

La empresa El Canto de la Gallina, S. A., presentó ante la entonces Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, el 18 de febrero de 2020, solicitud de permuta de ocho parcelas de su propiedad (57, 58, 60, 61, 76, 77, 78, 79 del polígono 6) con una superficie total de 12.448 m2, que constituyen el enclavado “E” del monte de utilidad pública “Monte de Valdemaqueda”, por una franja de terreno de la misma extensión perteneciente al citado monte y colindante al campamento de turismo “El Canto de la Gallina” de su propiedad, superficies todas ellas situadas en el término municipal de Valdemaqueda, con el objetivo de ampliar el campamento.

Tras el estudio del expediente, el Servicio de Gestión Forestal III del Área de Conservación de Montes de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales emite informe, de 19 de noviembre de 2020, calificando negativamente la permuta solicitada y planteando una permuta alternativa de igual superficie, pero más conveniente para la integridad y gestión del monte público mencionado.

Mediante escrito de 1 de marzo de 2021, la empresa citada comunica su rechazo a la propuesta planteada dada la orografía del terreno y la dificultad para aprovechar esa superficie para la ampliación del campamento. En el mismo escrito presentan nueva propuesta de permuta respetando la franja de terreno de 12.448 m2, pero modificando la forma y orientación de la misma.

Tras el estudio de la nueva propuesta, el Servicio de Gestión Forestal III, mediante escrito de 27 de mayo de 2021, informa negativamente la misma ya que con la nueva orientación de la franja que se propone sería necesario realizar un cortafuegos más un área contraincendios lo que supondría una pérdida para el “Monte de Valdemaqueda” de superficie arbolada. Como nueva alternativa, el Servicio de Gestión Forestal III propone una nueva orientación y trazado de la franja con los mismos metros cuadrados de superficie propuestos inicialmente por la sociedad.

Finalmente, mediante escrito de 28 de agosto de 2021, la empresa El Canto de la Gallina, S. A., acepta la última propuesta realizada por el Servicio de Gestión Forestal III.

La Subdirección General de Recursos Naturales de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales, el 24 de enero de 2022, emitió informe-propuesta para la aprobación de la permuta, declaración de utilidad pública la franja de terreno de 12.448 m2, constituida por las parcelas 57, 58, 60, 61, 76, 77, 78 y 79 del polígono 6 del Catastro de Rústica del término municipal de Valdemaqueda, propiedad de El Canto de la Gallina, S. A., y enclavado “E” del “Monte de Valdemaqueda”, número 185 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública. La superficie que se incorporaría al “Monte de Valdemaqueda” constituye un enclavado del mismo, por lo que mejoraría la definición del citado monte y contribuiría a satisfacer necesidades de interés general al desempeñar funciones, preferentemente, de carácter protector, social y ambiental, favoreciendo la definición de los límites del monte. Por otro lado, la superficie que se segrega es de escasa vegetación.

Se consideran como funciones de protección las relativas a la regeneración y conservación de los suelos y la lucha contra la erosión, la captación, protección y conservación de los recursos hídricos, la protección de la fauna y flora, el mantenimiento de los equilibrios ecológicos y sistemas vitales esenciales y la preservación de la diversidad genética, y en particular, de los hábitats que constituyan o formen parte de espacios naturales protegidos, LIC, ZEPA, ZEC u otras figuras legales de protección, así como los que constituyan elementos relevantes el paisaje.

Se distinguen como funciones sociales y ambientales aquellas que mejoran la calidad de vida, contribuyendo a la protección de la salud pública y del medio ambiente en general, y a la mejora de las condiciones sociales, laborales y económicas de las poblaciones vinculadas al medio rural.

En paralelo se propone la exclusión del Catálogo de 12.448 m2 de superficie del citado monte de utilidad pública, perteneciente a la parcela de rústica de referencia catastral única: 28159A006000560000YX (Polígono 6 Parcela 56), propiedad de la Comunidad de Madrid, mediante la desafectación de su carácter de utilidad pública, en base a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, que recoge que la exclusión parcial o permuta de una parte no significativa de un monte catalogado podrá ser autorizada por acuerdo del máximo órgano de gobierno de cada comunidad autónoma, a propuesta de su órgano forestal, siempre que suponga una mejor definición de la superficie del monte o una mejora para su gestión y conservación.

Mediante Resolución, de 7 de febrero de 2022, del Director General de Biodiversidad y Recursos Naturales, se sometió a los trámites de audiencia a los interesados e información pública la propuesta, sin que se hayan recibido alegaciones u observaciones al respecto.

La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales, el 30 de mayo de 2022, informa favorablemente la propuesta de permuta de una franja de terreno de 12.448,00 m2, constituida por la integridad de ocho parcelas catastrales del polígono 6 del Catastro de Rústica del término municipal de Valdemaqueda, propiedad de “El Canto de la Gallina, S. A.”, por una franja de terreno de la misma superficie de extensión, perteneciente al monte denominado “Monte de Valdemaqueda”, número 185 del Catálogo de Monte de Utilidad Pública de Madrid.

Por parte de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales, se realizarán las operaciones y trámites necesarios para dar efectividad sobre el terreno a lo dispuesto en el presente decreto y actualizar, en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, la descripción del monte número 185, “Monte de Valdemaqueda”, según las nuevas características que le correspondan y que se indican en Anexo.

Por otro lado, atendiendo a la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid, en su artículo 43 “Compensaciones” se establece que, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación urbanística y sectorial, toda disminución de suelo forestal por actuaciones urbanísticas y sectoriales deberá ser compensada a cargo de su promotor mediante la reforestación de una superficie no inferior al doble de la ocupada. Cuando la disminución afecte a terrenos forestales arbolados, con una fracción de cabida cubierta superior al 30 por 100, la compensación será, al menos, el cuádruple de la ocupada.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y los artículos 11 y 21.1.c) e i) de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno la competencia para la autorización de la permuta, así como la declaración y desafectación de los montes de utilidad pública.

En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, previa deliberación, en su reunión del día 6 de julio de 2022,

DISPONE

Primero

Excluir del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid la franja de 12.448 m2, de superficie total y pública, perteneciente a la parcela de rústica de referencia catastral única: 28159A006000560000YX (Polígono 6 Parcela 56), propiedad de la Comunidad de Madrid, perteneciente al “Monte de Valdemaqueda”, número 185 del Catálogo, y desafectar su carácter de utilidad pública.

Segundo

Aprobar la permuta de una franja de superficie de 12.448 m2, constituida por las parcelas 57, 58, 60, 61, 76, 77, 78 y 79 del polígono 6 del Catastro de Rústica del término municipal de Valdemaqueda, propiedad de El Canto de la Gallina, S. A., y enclavado del “Monte de Valdemaqueda”, por una franja de terreno de igual superficie, perteneciente al “Monte de Valdemaqueda” número 185 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid; superficies todas ellas situadas en el término municipal de Valdemaqueda.

Tercero

Declarar de utilidad pública la franja de superficie de 12.448 m2, procedente de las parcelas 57, 58, 60, 61, 76, 77, 78 y 79 del polígono 6, agregando esta superficie al “Monte de Valdemaqueda”, número 185, del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Madrid, que quedará definido de acuerdo con los datos que figuran en el Anexo.

Madrid, 6 de julio de 2022.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, PALOMA MARTÍN MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

ANEXO

Datos descriptivos del monte de utilidad pública número 185, “Monte de Valdemaqueda” para su incorporación al Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid tras su modificación.

1. Provincia: Madrid.

2. Partido judicial: San Lorenzo de El Escorial.

3. Número con el que se incluye en el Catálogo: 185.

4. Término municipal: Valdemaqueda.

5. Denominación: Monte de Valdemaqueda.

6. Pertenencia: Comunidad de Madrid.

7. Límites monte “Monte de Valdemaqueda”, ubicado en el término municipal de Valdemaqueda:

— Norte: Con las fincas “Pino del Arenal” y “La Atalaya” de propiedad privada y la finca “Prados del Hoyo” propiedad del Ayuntamiento de Valdemaqueda.

— Este: Con el río Cofio, fincas particulares, terrenos propiedad del Ayuntamiento de Valdemaqueda y núcleo poblacional del término municipal de Valdemaqueda.

— Sur: Confluencia del río Cofio con el arroyo de la Hoz.

— Oeste: Con el arroyo de la Hoz, que separa al “Monte de Valdemaqueda” del monte denominado “Quintanar a San Pedro de Gelipar”, número 73, del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Provincia de Ávila, propiedad de Asociación de la Extinguida Universidad y Tierra de Ávila; del monte denominado “Valdejuán, Umbría del Muro, Los Arrascaderos” y otros, número 75 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Provincia de Ávila, propiedad del Ayuntamiento de Hoyo de Pinares, ambos situados en el término municipal del Hoyo de Pinares, y del Monte de Utilidad Pública “El Quintanar”, número 84 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Provincia de Ávila, propiedad del Ayuntamiento de San Bartolomé de Pinares, sito en el término municipal de San Bartolomé de Pinares, y con fincas particulares.

8. Descripción de linderos del monte:

El monte “Monte de Valdemaqueda” está situado en el término municipal de Valdemaqueda.

Se accede al mismo a través de varios de los caminos de Villaescusa y del camino de Las Navas. La descripción de los linderos es la determinada por el deslinde. En él se lleva a cabo la definición del perímetro exterior mediante la colocación de un total de 277 piquetes, incluyendo los piquetes números 1 bis, 10 bis, 43 bis, 67 bis, 71 bis, 72 bis, 73 bis 1, 73 bis 2, 73 bis 3, 73 bis 4, 73 bis 4, 73 bis 5, 74 bis, 77 bis, 78 bis, 79 bis, 80 bis, 83 bis, 115 bis 1, 115 bis 2, 137 bis, 210 bis, 235 bis y 251 bis. Una vez incorporada la modificación relativa a la permuta firme mediante aprobación del acta de replanteo de los límites afectados.

9. Relación de enclavados (referencias catastrales en el momento del deslinde):

— Enclavado A: Formado por parte de la parcela catastral número 7, del polígono 13, del término municipal de Valdemaqueda, cuyo titular catastral es “La Unión Resinera Española, S. A.”, y por parte de la parcela catastral número 9, del polígono 13, del término municipal de Valdemaqueda, cuyo titular catastral es doña Antonia Cabrero García.

— Enclavado B: Terrenos de “La Unión Resinera, S. A.”, que es titular catastral de la parcela 10, polígono 13, del término municipal de Valdemaqueda.

— Enclavado C: Finca compuesta por la parcela catastral 9, del polígono 14, cuyo titular catastral es doña Emilia Aguado Barbero; por la parcela catastral número 58, del polígono 14, cuyos titulares catastrales son don Ángel Navas Sánchez, doña Dolores Navas Sánchez, Herederos de don Manuel Navas Sánchez, Herederos de doña Remedios Navas Sánchez, don Pedro Navas Sánchez, don Juan Navas Sánchez y don Felipe Navas Sánchez. Cabe indicar que, durante el transcurso del procedimiento de deslinde, y con posterioridad a la realización del acto de apeo del monte objeto de deslinde, la parcela número 9, del polígono 14, fue segregada en dos parcelas catastrales; la parcela 9 del polígono 14, cuyos titulares catastrales son doña Emilia Aguado Barbero y doña Eustaquia Cabrero Aguado y en la parcela número 58 del polígono 14, cuyos titulares catastrales son don Ángel Navas Sánchez, doña Dolores Navas Sánchez, Herederos de don Manuel Navas Sánchez, Herederos de doña Remedios Navas Sánchez, don Pedro Navas Sánchez, don Juan Navas Sánchez y don Felipe Navas Sánchez. Por un error en las referencias catastrales al realizarse dicha segregación, las cuales no se ajustan a la Circular 07.04/06, de 9 de junio, sobre criterios de asignación y modificación de la referencia catastral de los bienes inmuebles, la parcela número 58 del polígono 14, también se ha visto afectada pasando a denominarse parcela número 38 del polígono 14, del término municipal de Valdemaqueda cuyos titulares catastrales son los herederos de don Mariano Alonso Molón. Este enclavado también está formado por la parcela catastral número 37, del polígono 14, cuyos titulares catastrales son los Herederos de doña Ángela Gil Herranz; por la parcela catastral número 35 del polígono 14, cuyo titular catastral es don Antonio Cabrero Herranz; por la parcela catastral número 36 del polígono 14, cuyo titular catastral es don Bernardo García Segovia. Todas las parcelas catastrales citadas están incluidas en el término municipal de Valdemaqueda.

— Enclavado D: Terrenos de los Herederos de don Pedro Rodríguez Cabrero, que son titulares catastrales de la parcela 34 del polígono 14, del término municipal de Valdemaqueda.

— Enclavado E: Desaparece con la permuta que se propone ahora.

— Enclavado F: Terrenos de don Antonio Aguado Barbero, que es titular catastral de la parcela catastral 173 del polígono12. Terrenos de los Herederos de don Manuel Navas Sánchez, que son titulares catastrales de la parcela catastral 178 del polígono 12. Terrenos de doña Encarnación Capitán Matasanz, que es titular de la parcela catastral 177 del polígono 12. Terrenos de don Aurelio García Blanco, don Salvador García Blanco y don Carlos García Blanco, que son titulares catastrales de la parcela 176 del polígono 12. Terrenos de los Herederos de don Eugenio Sánchez García, que son titulares catastrales de la parcela 175 del polígono 12. Terrenos de doña Victoria Herranz Segovia, que es titular catastral de la parcela 241 del polígono 12. Terrenos de don Fernando Aguado Segovia, que es titular catastral de la parcela catastral 174 del polígono12. Todas las parcelas citadas anteriormente están ubicadas en el término municipal de Valdemaqueda.

— Enclavado G: Terrenos de doña Emilia Aguado Barbero que es titular catastral de la parcela catastral 16 del polígono12. Terrenos de don Alejandro Herranz Segovia, que es titular catastral de la parcela catastral 15 del polígono 12. Terrenos de doña Luisa Herranz García que es titular de la parcela catastral 185 del polígono 12. Terrenos de doña Julia Sánchez Sánchez, que es titular catastral de la parcela 186 del polígono 12. Terrenos de los Herederos de don Eugenio Sánchez García, que son titulares catastrales de la parcela 187 del polígono 12. Terrenos de doña Luisa Herranz García, que es titular catastral de la parcela 14 del polígono 12. Terrenos de don Ángel Navas Sánchez, doña Dolores Navas Sánchez, Herederos de don Manuel Navas Sánchez, Herederos de doña Remedios Navas Sánchez, don Pedro Navas Sánchez, don Juan Navas Sánchez y don Felipe Navas Sánchez, que son titulares catastrales de las parcelas catastrales 11, 12, 13, 179, 183, incluidas en el polígono 12. Todas las parcelas citadas anteriormente están ubicadas en el término municipal de Valdemaqueda.

10. Cabidas:

— Superficie total del monte: 1.977,8996 hectáreas.

— Superficie enclavados: 4,3132 hectáreas.

— Superficie pública total: 1.972,3416 hectáreas.

• Superficie del monte: 1.972,0266 hectáreas.

• Superficie estimada de carretera: 0,3150 hectáreas.

11. Cargas y servidumbres: No existen cargas y las servidumbres existentes son las de acceso a los enclavados y ocupaciones.

12. Datos registrales:

— Finca “El Turral”:

Registro de la Propiedad número 1 de San Lorenzo de El Escorial Tomo 3089.

Libro 17.

Folio 1.

Finca 975.

Superficie: 320,0000 ha.

— Finca “San Pedro”:

Registro de la Propiedad número 1 de San Lorenzo de El Escorial Tomo 3089.

Libro 17.

Folio 16.

Finca 976.

Superficie: 341,3850 ha.

— Finca “Santa Catalina”:

Registro de la Propiedad número 1 de San Lorenzo de El Escorial Tomo 3301.

Libro 20.

Folio 207.

Finca 1153.

Superficie: 379,0508 ha.

— Finca “Los Castillejos”:

Registro de la Propiedad número 1 de San Lorenzo de El Escorial Tomo 3301.

Libro 20.

Folio 211.

Finca 1154.

Superficie: 509,9594 ha.

— Finca “Arroyo de las Chorreras”:

Registro de la Propiedad número 3 de San Lorenzo de El Escorial Tomo 3301.

Libro 20.

Folio 219.

Finca 1156.

Superficie: 90,0602 ha,

— Finca “Solana de los Quejigos”:

Registro de la Propiedad número 3 de San Lorenzo de El Escorial Tomo 3301.

Libro 20.

Folio 223.

Finca 1157.

Superficie: 22,5441 ha.

— Finca “La Risca del Helechar”:

Registro de la Propiedad número 3 de San Lorenzo de El Escorial Tomo 3312.

Libro 21.

Folio 1.

Finca 1158.

Superficie: 160,1767 ha.

— Finca “La Hoya del Muerto”:

Registro de la Propiedad número 3 de San Lorenzo de El Escorial Tomo 3312.

Libro 21.

Folio 5.

Finca 1159.

Superficie: 39,9086 ha.

— Finca “Umbría de la Presa”:

Registro de la Propiedad número 3 de San Lorenzo de El Escorial Tomo 3301.

Libro 20.

Folio 215.

Finca 1155.

Superficie: 84,0405 ha.

— Finca “Los Madroñales”:

Registro de la Propiedad número 3 de San Lorenzo de El Escorial Tomo 3352.

Libro 22.

Folio 57.

Finca 1215.

Superficie: 13,4836 ha.

— Finca “El Molino”:

Registro de la Propiedad número 3 de San Lorenzo de El Escorial Tomo 3352.

Libro 22.

Folio 61.

Finca 1216.

Superficie: 7,4759 ha.

Estas once fincas se agruparon, formalizándose dicha agrupación mediante certificación expedida en Madrid el día 4 de febrero de 2005. El dominio de la finca resultante de la agrupación quedó inscrito en el Registro de la Propiedad número 3 de San Lorenzo de El Escorial, a favor de la Comunidad de Madrid, por título de agrupación, a fecha de 16 de marzo de 2005. Los datos registrales de la finca que resultó se detallan en la siguiente tabla:

La descripción detallada de los límites de las parcelas permutadas quedará establecida mediante el levantamiento del acta de entrega al que se unirán un anexo de coordenadas y el mapa descriptivo correspondiente, los cuales acompañarán a la correspondiente modificación de la finca registral de Valdemaqueda número 1298 de código registral único: 281142000518997.

(03/14.197/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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