Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
21-06-2019

Sección 1.1.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190621-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

1
DECRETO 57/2019, de 18 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crean cinco colegios de Educación Infantil y Primaria en los municipios de Alcorcón, Madrid y Villanueva de la Cañada para el curso escolar 2019-2020 y se modifica la denominación específica de un colegio de Educación Infantil y Primaria.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero, establece en su artículo 29 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.

La demanda de puestos escolares que se viene produciendo en determinados municipios o zonas, como consecuencia del aumento de población escolar, hace necesario que la Administración educativa lleve a cabo la construcción y puesta en funcionamiento de nuevos colegios de Educación Infantil y Primaria que permitan incrementar la oferta educativa en aquellos lugares donde se produzca la citada demanda.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, así como en el artículo 2 del Reglamento Orgánico de las escuelas de Educación Infantil y los colegios de Educación Primaria aprobado por Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Asimismo, el Decreto 40/2012, de 1 de marzo, por el que se regula la denominación específica de los centros educativos públicos en la Comunidad de Madrid, dispone que los centros educativos públicos de nueva creación tendrán la denominación específica que apruebe el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

En el proceso de elaboración de este decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.

En virtud de todo lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.g de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, y a propuesta de la Consejería de Educación e Investigación.

DISPONE

Artículo 1

Creación de centros

1. Se crea el Colegio de Educación Infantil y Primaria “Isabel La Católica”, código 28079448, situada en la calle Democracia con vuelta a calle Ocho de Marzo, del municipio de Alcorcón.

2. Se crea el Colegio de Educación Infantil y Primaria “Nuria Espert”, código 28079424, situado en parcela situada en la calle María Reiche, del municipio de Madrid, distrito Barajas.

3. Se crea el Colegio de Educación Infantil y Primaria “La Roldana”, código 28079412, situado en la calle Gloria Fuertes con calle Madre Teresa de Calcuta, del municipio de Madrid, distrito Fuencarral-El Pardo.

4. Se crea el Colegio de Educación Infantil y Primaria “María de Villota”, código 28079436, situado en calle Cañada del Santísimo Sacramento n.o 23, del municipio de Madrid, distrito Villa de Vallecas.

5. Se crea el Colegio de Educación Infantil y Primaria “Padre Garralda”, código 28079451, situado en calle Sierra Nevada con vuelta a calle Sierra de Gredos, del municipio de Villanueva de La Cañada.

Artículo 2

Órganos de gobierno y de participación docente

1. El titular de la Dirección General de Recursos Humanos, en virtud de este decreto y a propuesta de los titulares de las Direcciones de Área Territorial correspondientes, podrá efectuar los nombramientos de directores de acuerdo con lo establecido en el Título V, Capítulo IV, artículo 137 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación y en el Decreto 63/2004, de 15 de abril, que aprueba el procedimiento para la selección, nombramiento y cese de directores de centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid en los que se imparten enseñanzas escolares.

2. El proceso de elección y constitución de Consejo Escolar de los centros se realizará de conformidad con lo establecido en el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los colegios de Educación Primaria, aprobado por Real Decreto 82/1996 de 26 de enero.

3. El claustro de profesores de los nuevos colegios públicos de Educación Infantil y Primaria se constituirá con el profesorado que preste servicio en cada uno de ellos.

Artículo 3

Incorporación al Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid

Los nuevos colegios de Educación Infantil y Primaria mencionados en los apartados del 1 al 5 del artículo primero, del presente decreto, pasarán a formar parte del Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid.

Artículo 4

Entrada en funcionamiento

Los centros que se crean en el presente decreto entrarán en funcionamiento en el curso escolar 2019-2020.

Artículo 5

Cambio de denominación de un centro

Se modifica la denominación del Colegio de Educación Infantil y Primaria “Ivonne Blake”, código 28078602, de la localidad de Fuenlabrada, que en lo sucesivo se denominará colegio de Educación Infantil y Primaria “Yvonne Blake”.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación normativa

Se autoriza a la Consejería competente en materia de educación a dictar cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación y desarrollo de este decreto.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 18 de junio de 2019.

El Consejero de Educación e Investigación en funciones, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

El Presidente en funciones, PEDRO MANUEL ROLLÁN OJEDA

(03/22.295/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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