Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
08-02-2018

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180208-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

19
DECRETO 7/2018, de 6 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la denominación de dos escuelas infantiles de primer ciclo en los municipios de Móstoles y de Valdemoro.

Mediante el presente decreto se aprueba una nueva denominación para dos escuelas de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad de la Comunidad de Madrid situadas en los municipios de Móstoles y Valdemoro. Ambas escuelas recibieron desde su puesta en funcionamiento la denominación específica “Los Sauces”. Se ha planteado la necesidad de modificar sus denominaciones debido a la petición cursada por la entidad privada “Lares y Chaos, Sociedad Limitada”, como titular de la marca registrada “Los Sauces”, inscrita en el Registro de marcas de la Oficina Española de Patentes y Marcas para servicios de enseñanza desde 1989. La marca “Los Sauces” es identificativa de diversos centros privados de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato de titularidad ubicados en Madrid, Pontevedra, Vigo y Dublín.

Con la finalidad de cumplir estrictamente con lo establecido en la legislación en materia de propiedad industrial y en especial en la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, se propone este cambio de denominación. Con ello, se pretende además evitar cualquier riesgo de confusión que pudiera producirse para los ciudadanos respecto a los servicios educativos prestados en los centros de titularidad pública de la Comunidad de Madrid.

El artículo 13 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, dispone que todos los centros docentes tendrán una denominación específica, además de la denominación genérica correspondiente a las enseñanzas que impartan.

El Decreto 40/2012, de 1 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la denominación específica de los centros educativos públicos en la Comunidad de Madrid, dispone que la denominación de los centros educativos públicos en funcionamiento será aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, previo informe del Consejo Escolar del centro, pudiendo el Ayuntamiento del municipio en que se encuentre el centro formular la correspondiente propuesta.

Una vez recibidas las correspondientes propuestas de los consejos escolares de cada una de las escuelas infantiles, así como los informes de los respectivos Ayuntamientos en los que manifiestan su conformidad con las propuestas anteriores, corresponde al Consejo de Gobierno aprobar el cambio de denominación de los centros.

En virtud de lo anterior, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Educación e Investigación, y previa deliberación en su reunión del día 6 de febrero de 2018,

DISPONE

Primero

Nueva denominación

Se aprueba la nueva denominación de los siguientes centros:

1. Escuela infantil “Los Sauces”:

— Titularidad: Comunidad de Madrid.

— Código: 28043910.

— Domicilio: Calle Pintor Murillo, sin número.

— Municipio: Móstoles.

— Nueva denominación: Escuela infantil “El Pequeño Sauce”.

2. Escuela Infantil “Los Sauces”:

— Titularidad: Comunidad de Madrid .

— Código: 28068074.

— Domicilio: Glorieta de Lituania, sin número.

— Municipio: Valdemoro.

— Nueva denominación: Escuela infantil “El Roble”.

Segundo

Facultad de aplicación

Se autoriza al titular de la Consejería de Educación e Investigación a adoptar las medidas necesarias para la ejecución del presente decreto.

Tercero

Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 6 de febrero de 2018.

El Consejero de Educación e Investigación, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

La Presidenta, CRISTINA CIFUENTES CUENCAS

(03/4.166/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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