Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
25-06-2026

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260625-26

Páginas: 17


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

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ACUERDO de 24 de junio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los estatutos de la fundación pública sanitaria “Hospital Universitario Fundación Alcorcón”.

La Ley 5/2025, de 23 de diciembre de 2025, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, establece en su disposición adicional séptima que: “La fundación del sector público denominada «Hospital Universitario Fundación Alcorcón», constituida al amparo de la disposición final única del Real Decreto-Ley 10/1996, de 17 de junio, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del INSALUD y transferida a la Comunidad de Madrid en virtud del Real Decreto 1479/2001, de 27 de diciembre, sobre traspaso a la Comunidad de Madrid de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, se transformará automáticamente, desde la entrada en vigor de esta ley, en fundación pública sanitaria, con personalidad jurídica propia, cuyo objeto será la gestión y la administración del centro sanitario «Hospital de Alcorcón»”.

La disposición adicional sexta de la precitada Ley establece el régimen jurídico de las fundaciones públicas sanitarias de la Comunidad de Madrid y, en su apartado 3, dispone que sus estatutos serán aprobados mediante acuerdo de Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la consejería competente en materia de salud.

Por otra parte, la disposición transitoria tercera estipula que los estatutos de la entidad preexistente se adaptarán en el plazo de seis meses a las prescripciones de esta ley y al resto de disposiciones que sean aplicables a las fundaciones públicas sanitarias.

En virtud de la aprobación de la Ley 5/2025, de 23 diciembre, resulta imperativo la transformación de fundación del sector público autonómico, a fundación pública sanitaria, operada de forma “automática” a través de su disposición adicional séptima, modificando la naturaleza y el régimen jurídico del “Hospital Universitario Fundación Alcorcón”.

Coherentemente resulta obligado modificar los estatutos, elaborados bajo el régimen jurídico general aplicable a las fundaciones públicas, y adaptarlos al régimen jurídico especifico previsto para las fundaciones públicas sanitarias, tal y como establece la disposición adicional sexta en sus apartados 1 y 2.

En cumplimiento del mandato contenido en la disposición transitoria tercera, de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, se procedió a la elaboración del texto de proyecto de adaptación de los estatutos de la fundación pública sanitaria «Hospital Universitario Fundación Alcorcón» y se inició la tramitación procedente.

El proyecto de modificación de los estatutos ha quedado estructurado en 30 artículos divididos en 6 capítulos: El capítulo I, contiene las disposiciones generales; el capítulo II regula los órganos de la fundación pública sanitaria “Hospital Universitario Fundación Alcorcón”; el capítulo III contiene el régimen patrimonial, presupuestario, financiero y contable; el capítulo IV regula el régimen de personal; el capítulo V establece las garantías y procedimientos de planificación, coordinación y control de gestión y funcionamiento, y finalmente el capítulo VI versa sobre la modificación, extinción y otros actos jurídicos de la fundación pública sanitaria y la modificación de los estatutos.

De conformidad con la disposición adicional sexta, apartado 3 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Sanidad, previa deliberación en su reunión del día 24 de junio de 2026,

ACUERDA

Primero

Aprobar los estatutos de la fundación pública sanitaria “Hospital Universitario Fundación Alcorcón”, que se adjuntan como anexo.

Segundo

Acordar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Acordado en Madrid, a 24 de junio de 2026.

La Consejera de Sanidad, FÁTIMA MATUTE TERESA

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO





























(03/10.579/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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