Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2014

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140807-7

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

7
ACUERDO de 31 de julio de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, para descatalogar las edificaciones de la plaza don Antonio de Andrés, números 16 y 17, y rectificar el error material detectado en el plano de catálogo de elementos protegidos.

I. El Pleno del Ayuntamiento de Madrid, en su sesión de 20 de diciembre de 2013, acordó aprobar provisionalmente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, para descatalogar las edificaciones de la plaza Don Antonio de Andrés, números 16 y 17, y rectificar el error material detectado en el plano de Catálogo de Elementos Protegidos, y remitirlo para su aprobación definitiva por el órgano autonómico competente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 57.e) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Constan en el expediente los informes de la Dirección General de Patrimonio Histórico, de 5 de noviembre de 2013, y de la Dirección General de Evaluación Ambiental, de 15 de noviembre de 2013.

II. La Modificación Puntual tiene como objeto la descatalogación de dos edificaciones adosadas localizadas en la plaza Don Antonio de Andrés, números 16 y 17, dentro del casco histórico de Vicálvaro. Las parcelas, con una superficie de 625,73 y 792,90 metros cuadrados, están catalogadas con nivel de protección parcial y ambiental, respectivamente, y se encuentran calificadas como uso residencial dentro del Área de Planeamiento Específico APE 19.06 “Casco Histórico de Vicálvaro”.

Estas edificaciones datan de la primera mitad del pasado siglo y se corresponden con el tipo de vivienda rural de dos plantas, en donde, desde una fachada de poca anchura, se desarrollan en profundidad espacios de vivienda y patios. A lo largo de estos años, las citadas edificaciones han sufrido numerosas intervenciones, perdiendo el carácter original al adecuarse al desarrollo de la ciudad y, en la actualidad, se encuentran en un pésimo estado de mantenimiento lo que ha obligado a la demolición de un cuerpo de la edificación situado en el testero del número 16.

Asimismo, se corrige un error material detectado en el plano de Catálogo de Elementos Protegidos, CA, hoja 75/9, en el que se recogen como protegidas las edificaciones de los números 12, 13 y 14 de la misma plaza, si bien, estas no albergan edificios catalogados como se deriva del resto de documentación del Plan General. Además, el número de Catálogo con el que figuran en el plano de referencia es el mismo que les corresponde a los edificios cuya descatalogación ahora se pretende, es decir, los correspondientes a los números 16 y 17.

III. Como consecuencia de los cambios efectuados, se modifica la siguiente documentación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid:

— Plano de Catálogo de Elementos Protegidos, CA, hoja 75/9. Se elimina la trama y el número de catálogo de los edificios de la plaza Don Antonio de Andrés, números 12, 13, 14, 16 y 17.

— Página 91 de Catálogo de Elementos Protegidos, en la que se elimina la referencia a las edificaciones de los números 16 y 17 de la plaza Don Antonio de Andrés.

Dentro del documento específico del APE 19.06 “Casco de Vicálvaro”, se modifica:

— Plano de Alineaciones y Condiciones de Edificación del APE 19.06, hoja P-04. Se elimina la trama de protección de los edificios de los números 16 y 17 de la mencionada plaza.

— Plano de Catálogo de Elementos Protegidos del APE 19.06, hoja P-06. Se elimina la trama de protección de los edificios de los números 16 y 17 de la plaza.

— Plano de Catálogo de Análisis de la Edificación del APE 19.06, hoja P-07-a. Se suprimen las tramas de elementos de restauración obligatoria de las edificaciones de referencia.

— Plano de Catálogo de Análisis de la Edificación del APE 19.06, hoja P-07-b. Se suprimen las tramas de elementos de restauración obligatoria de las edificaciones de referencia.

— Página de Catálogo de Edificios protegidos del APE. Se suprime la referencia a las edificaciones afectadas.

IV. Respecto al análisis y valoración de la Modificación Puntual propuesta, la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial emite informe favorable, de 15 de julio de 2014, donde se señala lo siguiente:

La propuesta se considera urbanísticamente justificada toda vez que las edificaciones afectadas han ido perdiendo en el tiempo su función y condiciones originales y, por tanto, los valores que en su día se tuvieron en cuenta para su catalogación. Además, el precario estado en el que se encuentran supone un alto riesgo para la seguridad, y así ha sido reconocido por los organismos competentes en materia de protección, que han valorado favorablemente la descatalogación de estos edificios.

Por otra parte, las actuales edificaciones tienen un fondo excesivo lo que ha propiciado la existencia de viviendas con unas condiciones de habitabilidad inapropiadas, por lo que su descatalogación permitirá la sustitución de estas y una mejora notable pues, según las condiciones de aplicación a las nuevas edificaciones en el APE 19.06, el fondo máximo edificable se limita a 12 metros, mejorando tanto las condiciones de habitabilidad de las edificaciones como las condiciones del patio de parcela, con una mayor dimensión.

La descatalogación no supone incremento alguno de la edificabilidad actualmente consolidada, es más, se produce una disminución de la misma al quedar limitada por las condiciones de aplicación a las nuevas edificaciones en cuanto fondo máximo de edificación y altura, que se mantiene en las dos plantas actuales.

Asimismo, se propone subsanar el error material detectado en el plano de Catálogo de Elementos Protegidos, CA, hoja 75/9, en el que se recogen como protegidas las edificaciones de los números 12, 13 y 14 de la misma plaza, si bien estas no albergan edificios catalogados como se deriva del resto de documentación del Plan General vigente. Además, el número de Catálogo con el que figuran en el plano de referencia es el mismo que les corresponde a los edificios cuya descatalogación ahora se pretende, es decir, los correspondientes a los números 16 y 17.

La corrección del mencionado error no supone alteración alguna en las condiciones de las edificaciones afectadas, toda vez que estas se encuentran reguladas por las condiciones específicas señaladas en el APE 19.06 Casco de Vicálvaro, donde no aparece la catalogación de ninguna de las tres parcelas.

Se considera procedente la corrección del error localizado en plano de Catálogo de Elementos Protegidos, CA, hoja 75/9, al constituir un evidente error material que queda justificado en el expediente.

En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplimentado los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.

V. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 30 de julio de 2014, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial, de 15 de julio de 2014, informó favorablemente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para descatalogar las edificaciones de la plaza Don Antonio de Andrés, números 16 y 17, y rectificar el error material detectado en el plano de Catálogo de Elementos Protegidos.

VI. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 53.5 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno rectificar el error material detectado.

VII. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente Acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde podrá ser consultado.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la sesión celebrada el día 30 de julio de 2014, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 31 de julio de 2014,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, para descatalogar las edificaciones de la plaza Don Antonio de Andrés, números 16 y 17, y rectificar el error material detectado en el plano de Catálogo de Elementos Protegidos.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 31 de julio de 2014.

El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, BORJA SARASOLA JÁUDENES

El Presidente, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/24.828/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140807-7