Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
13-01-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260113-3

Páginas: 17


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

3
ORDEN 2983/2025, de 17 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 53/2023, de 17 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 19 de mayo), en el Decreto 58/2024, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 140, de 13 de junio) y en el Decreto 10/2025, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 85, de 10 de abril), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2025, en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, y de acuerdo con lo recogido en el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 7 de septiembre), esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes,

BASES DE CONVOCATORIA

BASES COMUNES

Resultarán de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria, la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), así como lo dispuesto en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 14 de mayo), en la Orden de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 167, de 15 de julio), y en el resto de normas de aplicación en la materia.

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

1. Se convoca un proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para la cobertura de cien (100) plazas por el sistema de acceso libre.

Del total de cien (100) plazas convocadas por el sistema de acceso libre, dos (2) corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2023, aprobada mediante Decreto 53/2023, de 17 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 19 de mayo), una (1) a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2024, aprobada por Decreto 58/2024, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 140, de 13 de junio), noventa y siete (97) a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2025, aprobada mediante Decreto 10/2025, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 85, de 10 de abril).

2. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reservan siete (7) plazas del total de las convocadas por el turno libre, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2025. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad se acumularán a las del turno libre en caso de no haber personas aspirantes aprobadas por dicho cupo.

Segunda

Principio de igualdad

El proceso selectivo convocado al amparo de la presente Orden cumplirá el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, evitando cualquier discriminación directa o indirecta en el acceso, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.

Tercera

Personas aspirantes

1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Grado, Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura, o titulación equivalente de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

3. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, además de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y acreditarlo en los términos señalados en la base decimocuarta.6, apartado d) de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

4. En cuanto a las adaptaciones de tiempo y medios, cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 36 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 14 de mayo), y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, o de otros órganos técnicos competentes.

Las personas aspirantes, que, aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.

En el caso de las aspirantes embarazadas o en puerperio, se garantizará su acceso en condiciones de igualdad a la realización de los ejercicios de que consta este proceso selectivo, con independencia del momento en el que éstas lo soliciten.

5. Todos los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.

Cuarta

Solicitudes y plazo de presentación

1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.

2. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, junto con la documentación que debe acompañarlas, a través del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, en virtud de lo regulado en el artículo 6 del Decreto 127/2022, de 7 de diciembre.

Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

Las solicitudes para participar en esta prueba selectiva se deberán cumplimentar a través de la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es: https://sede.comunidad.madrid/

Las personas interesadas deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Asimismo, tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.

La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que la persona interesada se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. No obstante, lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa de la persona interesada.

Las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.

Al ser las personas solicitantes sujetas del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A tal efecto, la persona solicitante está obligada a estar dada de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través de la dirección electrónica “sede.comunidad.madrid”.

3. Las solicitudes de participación deberán ir acompañadas de la documentación que corresponda de entre las que se indican a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Quienes precisen adaptaciones de tiempo y medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención de la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base octava.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y firme por medio de representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la autorización correspondiente, que podrá descargar desde la página web de este proceso selectivo, publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, que podrá localizar a través de su buscador, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/

Asimismo, dicho trámite estará enlazado en la página web de los proceso selectivos, accesibles desde el enlace:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion...

4. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la dirección general competente en materia de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.

Con la firma de la solicitud, la persona interesada da el consentimiento a la administración convocante para que pueda proceder a la publicación en la página web, o en cualquier espacio establecido al efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de trámite que se deriven de los procesos selectivos.

5. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

6. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

7. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinta

Tasa por derechos de examen

1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el campo Observaciones del pago de la tasa, “Acceso libre Cuerpo Técnicos Superiores Administración General A1”.

2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en dicha base, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos de examen correspondiente a la Titulación Subgrupo A1/Grupo Profesional I: derechos de examen procesos selectivos de los que se deriven formación de lista espera o bolsa de trabajo y que asciende a 52,91 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 26,45 euros.

3. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el presente proceso selectivo, en los términos recogidos en la base cuarta de esta convocatoria.

Sexta

Admisión de aspirantes

En cuanto a la admisión de los aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

Séptima

Órgano de Selección

1. El Órgano de Selección de estas pruebas selectivas será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 14 de mayo).

2. A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, este órgano de selección quedará incluido en la categoría primera, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y siéndole de aplicación el importe de las cuantías establecidas en la Orden de 16 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.

3. El régimen jurídico aplicable al Órgano de Selección será el que se establece para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, en la Orden de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de Madrid y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

4. En cuanto a la regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del órgano de selección, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se dictan normas en relación con las reuniones de tribunales y órganos encargados de la selección de personal al servicio de la Comunidad de Madrid, y se establecen criterios sobre devengo y percepción de asistencias por la concurrencia a dichas reuniones (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 143, de 17 de junio), en la Orden de 1 de julio de 2022, y en el resto de normativa de aplicación en la materia.

5. El órgano de selección, en su sesión de constitución, aprobará, a propuesta del presidente y según lo previsto en el artículo 22.f) de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, un calendario indicativo de actuaciones en el que se determinarán los plazos máximos en los que se realizarán los diferentes ejercicios del presente proceso selectivo, se publicarán las relaciones de aprobados de los mismos, la baremación de la fase de concurso en su caso, y la elevación a la dirección general competente en materia de Función Pública de la propuesta provisional de aspirantes que hayan superado el proceso de selección, en los términos establecidos en la instrucción octava de la Orden de 1 de julio de 2022.

6. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se recoge en la base cuarta de esta Orden, como en el envío de comunicaciones. Asimismo, todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el desarrollo del proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.

7. Por parte del órgano de selección del presente proceso selectivo, se velará en todo momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo de todo el desarrollo del mismo.

8. La Dirección General de Función Pública podrá encomendar la realización del proceso selectivo a la Comisión Permanente de Selección. El funcionamiento del citado órgano se regirá en todo caso por lo dispuesto en la Orden 481/2025, de 17 de febrero.

Octava

Sistema selectivo

El sistema de selección será el de oposición.

2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo de la presente convocatoria.

En cuanto a la legislación aplicable y exigible en los ejercicios de que consta la oposición, referida a los temas incluidos en el programa que figura como Anexo de esta Orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en este proceso selectivo y se anuncie la celebración del primer ejercicio del mismo, en todo aquello que no se encuentre expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente Orden y teniéndose en cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que la sustituya a la misma fecha de publicación ya indicada.

Asimismo, con carácter previo a la realización de cada uno de los ejercicios del presente proceso selectivo que no sean tipo test y cuya forma de calificación se encuentra ya recogida en estas bases, el órgano de selección publicará en el enlace de la página web de la Comunidad de Madrid, correspondiente al mismo, accesible a través de: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion... , o en la Sede Electrónica de la Comunidad Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid , los criterios específicos de valoración de estos exámenes, junto con la asignación de puntuación o porcentaje de cada uno de ellos a los que se ajustará el juicio técnico de evaluación que el órgano de selección aplicará a los mismos.

3. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio.

3.1. Primer ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Órgano de Selección, compuesto por cien (100) preguntas más cinco (5) adicionales de reserva, que serán valoradas únicamente en el caso de que se anule alguna de las preguntas del cuestionario, de acuerdo con la siguiente distribución:

— Las veinticinco (25) primeras preguntas versarán sobre el bloque “Sistema Político y Constitucional Español. Organización Administrativa” y “Relaciones Internacionales y Unión Europea”.

— Las cincuenta (50) preguntas siguientes versarán sobre los bloques “Derecho Administrativo: primera parte” y “Derecho Administrativo: segunda parte.”

— Las veinticinco (25) preguntas restantes versarán sobre los bloques “Derecho financiero y Hacienda Pública”, Recursos Humanos” y “Derecho Laboral”.

Para cada pregunta se propondrán cuatro (4) respuestas alternativas, siendo sólo una (1) de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro (4) letras en blanco o con más de una (1) opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento cinco (105) minutos.

3.2. Segundo ejercicio:

Consistirá en la resolución por escrito de un (1) supuesto práctico propuesto por el Órgano de Selección relacionado con los bloques “Derecho Administrativo: primera parte”, “Derecho Administrativo”, “Derecho financiero y Hacienda Pública” y “Recursos Humanos”.

Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de tres (3) horas, se podrá acudir con la documentación y/o el material que el Órgano de Selección pudiera, en su caso, estimar oportuno a tal efecto, en la convocatoria del mismo.

El supuesto práctico desarrollado será leído por las personas participantes en sesión pública ante el Órgano de Selección, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática y la claridad y orden de ideas a fin de la elaboración de una propuesta razonada para la resolución del supuesto práctico, así como su forma de presentación y exposición.

Una vez iniciada la lectura del supuesto práctico, el Órgano de Selección podrá decidir que la persona aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

El Órgano de Selección podrá dialogar con cada aspirante durante un tiempo máximo de diez (10) minutos.

3.3. Tercer ejercicio:

Consistirá en exponer oralmente, en sesión pública y durante un tiempo máximo de sesenta (60) minutos, cinco (5) temas del programa extraídos al azar por el/la aspirante ante el Órgano de Selección en la sesión correspondiente, de acuerdo con la siguiente distribución:

— Primer tema, extraído de los temas 1 a 38.

— Segundo tema, extraído de los temas 39 a 64.

— Tercer tema, extraído de los temas 65 a 87.

— Cuarto tema, extraído de los temas 88 a 114.

— Quinto tema, extraído de los temas 115 a 140.

Este ejercicio se desarrollará conforme a las siguientes normas:

— Con carácter previo al inicio de este ejercicio y después de la extracción de los temas, los/as aspirantes dispondrán de quince (15) minutos para su preparación en presencia del Órgano de Selección, sin que puedan consultar ningún texto o apunte. Durante el desarrollo de su exposición, podrán utilizar el guion que, en su caso, hubieran elaborado durante el referido tiempo de preparación.

— El tiempo de exposición deberá distribuirse por el/la aspirante de forma equilibrada entre los temas que haya de desarrollar.

— Transcurridos diez (10) minutos de la exposición del primer tema, o una vez desarrollado el mismo, el Órgano de Selección podrá decidir que el/la aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

— En este ejercicio se valorará la amplitud de conocimientos y el grado de comprensión de los mismos, la claridad en la exposición y la capacidad de expresión oral.

— El Órgano de Selección podrá dialogar con cada aspirante durante un plazo máximo de diez (10) minutos.

4. A efectos de agilización del proceso selectivo, y en aplicación de lo recogido en la instrucción novena 4 y 5 de la Orden de 1 de julio de 2022, se realizarán en una misma sesión dos (2) o más ejercicios de los que conforman el proceso selectivo, cuando por su naturaleza y duración ellos resulte técnica y materialmente posible, siendo en estos casos cada ejercicio objeto de corrección independiente, pasando únicamente a valorarse los sucesivos ejercicios celebrados, en su orden, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.

En todo caso, podrán acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco (5) horas en la misma sesión diaria para las mismas personas aspirantes, sin incluir los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.

5. Las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, podrán solicitar formalmente al órgano de selección que valore la posibilidad de invertir el orden de realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las personas aspirantes a una resolución de cada proceso selectivo ajustada al calendario previsto.

6. El orden de actuación de las personas participantes en este proceso selectivo se iniciará alfabéticamente por aquella cuyo primer apellido comience por la letra “U”, de conformidad con la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).

7. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del órgano de selección, en la resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.

La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos ejercicios, así como la de la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid , o en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-...

8. La celebración del primer ejercicio se realizará en el mes de julio de 2026.

Novena

Calificación del proceso selectivo

1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el órgano de selección se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y a lo establecido en la presente base.

2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero (0) a veinte (20) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez (10) puntos.

2.2. Segundo ejercicio: se calificará de cero (0) a veinte (20) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez (10) puntos.

2.3. Tercer ejercicio: se calificará de cero (0) a cuarenta (40) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte (20) puntos y no ser calificado con cero (0) puntos en ninguno de los temas.

3. En cuanto a la calificación final, el órgano de selección se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio. El orden de las personas aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman la oposición, ordenadas de mayor a menor, constituyendo dicha suma la calificación final de cada una de las personas aspirantes, e intercalando en el listado correspondiente, en su caso, a los aspirantes del cupo de discapacidad en el lugar que, por puntuación, proceda.

4. En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

— Las personas aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad ocuparán el primer lugar de entre los/las aspirantes que tengan igual puntuación.

De persistir el empate entre estas personas, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación:

— Mayor puntuación obtenida en el segundo, tercer y primer ejercicio, por este orden.

— De continuar el empate, el mismo se deshará aplicando el criterio de orden alfabético del primer apellido, iniciándose dicho orden por la letra “U”, de conformidad con la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).

En el caso de que, como resultado de la calificación final obtenida, y a la vista de la limitación contemplada en la base decimocuarta.4 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, alguna de las personas aspirantes del cupo de discapacidad no obtuviese plaza por dicho cupo, pero tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposición una puntuación que, conforme a los criterios de valoración aplicados a las personas aspirantes del turno libre al que está vinculado dicho cupo, le hubiera permitido superar los mismos, el órgano de selección deberá incluir automáticamente a dicha persona aspirante en el citado turno libre, al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas en dicho turno en condiciones de igualdad con el resto de las personas que concurren por el mismo.

El órgano de selección no podrá declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

Décima

Curso selectivo

1. Las personas aspirantes que hayan superado la oposición serán nombradas funcionarios en prácticas por Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda y habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual serán retribuidos conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 40, de 16 de febrero).

2. El curso selectivo será organizado por la Dirección General de Función Pública y tendrá como finalidad la adquisición de las habilidades y conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que complementen los adquiridos durante la oposición, en orden a garantizar la preparación específica de las personas aspirantes y la acreditación de las aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo al que se pretende acceder.

Su programa, regulación y duración se establecerá por Resolución de la Dirección General de Función Pública, que será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Las personas aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Una vez finalizado el curso selectivo, el Órgano de Selección hará pública, en los términos establecidos en la base octava.7, la relación de las personas que lo hubiesen superado.

Undécima

Lista de personas aprobadas del proceso selectivo y acreditación de cumplimiento de requisitos

1. El Órgano de Selección hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada.

— Identificación de la persona aspirante, en los términos dispuestos en la normativa aplicable.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición y apto en el curso selectivo.

— Calificación final del proceso selectivo.

2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases decimocuarta.6 a decimocuarta.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior deberá realizarse exclusivamente por medios telemáticos, en aplicación de lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio.

4. Una vez establecida la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, el órgano de selección la hará pública en los términos dispuestos en la base octava.7 de esta orden y elevará a la Dirección General de Función Pública dicha relación, indicando el número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total alcanzada y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

5. La Dirección General de Función Pública dictará la resolución declarando, a propuesta del órgano de selección, las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo. Esta resolución será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, disponiendo las personas interesadas de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación, para presentar, en los términos dispuestos en la citada resolución, la correspondiente documentación, de conformidad a lo establecido en el artículo 24.2.k) del Acuerdo de 2 de diciembre de 2024, de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (2025-2028).

Duodécima

Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión

1. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión de acuerdo con lo previsto en la base decimosexta de la precitada Orden 290/2018, de 27 de junio.

2. En el supuesto de que las aspirantes se encuentren en situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán tomar posesión de su nuevo puesto de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar que se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso, el cómputo del plazo de toma de posesión cuando finalice la situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o el permiso por parto.

Decimotercera

Lista de espera para personal funcionario interino

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, integrada con aquellas personas que habiendo participado en el proceso selectivo por el sistema de acceso libre, hayan obtenido el 80 por 100 de la calificación que establezca el órgano de selección para superar el primer ejercicio de la oposición pero no hayan superado el proceso selectivo en su totalidad, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que se les haya anulado el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

2. El orden de las personas aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican:

— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor.

En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios:

— Los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad ocuparán el primer lugar de entre aquellos aspirantes que tengan igual puntuación.

De persistir el empate entre estas personas, se dirimirá conforme a los siguientes criterios:

— Mayor calificación obtenida en el segundo, tercer y primer ejercicio del proceso selectivo, por este orden. De persistir el empate se atenderá al criterio que se indica a continuación.

— El orden alfabético a partir de la letra prevista en la base octava.6 de esta convocatoria.

Decimocuarta

Acumulación plazas desiertas

Las plazas no cubiertas tras la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta de empleo público a la que correspondan.

La nueva convocatoria deberá identificar el número de plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta de empleo público a la que pertenecen.

Decimoquinta

Recursos

1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

2. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, aquellas personas aspirantes que concurran al proceso de acceso libre, o ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid quienes participen en el proceso de promoción interna, de acuerdo con lo determinado en los artículos 8, 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, a 17 de diciembre de 2025.—La Directora General de Función Pública, por delegación de firma de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 17 de abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), María José Esteban Raposo.

ANEXO I

PROGRAMA DE LA OPOSICIÓN PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE TÉCNICOS SUPERIORES, DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

I. Sistema político y constitucional español. organización administrativa

1. Tipología de los sistemas y de los regímenes políticos. Regímenes autoritarios y democráticos. Las formas de gobierno.

2. La teoría de la división de poderes: Formulación clásica. Tendencias actuales. Aplicación en el marco constitucional español.

3. La representación política: Democracia directa y representativa en la Constitución Española. El derecho de sufragio y sus clases. Sistemas electorales. El sistema electoral español. Los partidos políticos. Las organizaciones sindicales y empresariales. El derecho de asociación.

4. La distribución territorial del poder: El Estado unitario y el Estado Federal. El Estado de las Autonomías.

5. Evolución histórica del constitucionalismo español.

6. La Constitución Española de 1978: Características. Estructura. La Reforma Constitucional.

7. Los principios constitucionales: El Estado social y democrático de derecho. Los valores superiores en la Constitución Española.

8. Los derechos fundamentales: Evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución Española. La protección de los derechos fundamentales.

9. Los derechos económicos y sociales en la Constitución Española. El modelo económico de la Constitución. Los deberes constitucionales.

10. La Monarquía parlamentaria. La Corona. Atribuciones. Sucesión y Regencia. El refrendo.

11. La Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado: Composición y funciones. El funcionamiento de las Cámaras: Procedimiento de elaboración, debate y aprobación de las leyes.

12. El Gobierno: Funciones y potestades en el sistema constitucional español. Formación, composición y responsabilidad. Designación y remoción de su Presidente.

13. La función parlamentaria de control al Gobierno: Cauces y procedimientos. Los estados de alarma, excepción y sitio.

14. Órganos constitucionales de control: el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.

15. La Administración consultiva: el Consejo de Estado y otros órganos con funciones consultivas. Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid: composición y competencias.

16. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.

17. La Justicia Constitucional. El Tribunal Constitucional: Composición, organización y atribuciones. Recurso de inconstitucionalidad y Cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo.

18. Conflictos constitucionales entre Órganos del Estado. Conflictos positivos y negativos con las Comunidades Autónomas. Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas. Conflictos en defensa de la autonomía local.

19. Naturaleza y construcción del estado autonómico: Antecedentes históricos. Los principios constitucionales. El acceso a la autonomía y los procedimientos de elaboración y aprobación de los Estatutos. El sistema de fuentes de las Comunidades Autónomas: Los Estatutos de autonomía.

20. La distribución de competencias entre las Administraciones Públicas. Competencias exclusivas, compartidas, concurrentes, de desarrollo y ejecución. La interpretación del Tribunal Constitucional. Principio constitucional de autonomía local.

21. La Administración Local: Regulación constitucional. Entidades que la integran. Normativa reguladora. Líneas generales de la organización del municipio y la provincia. Ley de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

22. Las competencias del municipio y de la provincia. Bienes, actividades y servicios de las entidades locales. Los regímenes municipales y provinciales especiales.

23. La Comunidad de Madrid (I): El Estatuto de Autonomía: estructura y procedimiento de reforma. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

24. La Comunidad de Madrid (II): La Asamblea Legislativa: composición, funcionamiento, funciones y potestades. El Presidente de la Comunidad: elección, funciones y atribuciones. El Gobierno: Composición, designación y remoción. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid: composición.

25. La Comunidad de Madrid (III): El Consejo de Gobierno: composición, atribuciones y funcionamiento. Los Consejeros: designación, cese y atribuciones. Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid: Tipología y regulación.

26. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo de la igualdad de género, la protección integral contra la violencia de género y no discriminación de las personas LGTBI. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

II. Relaciones internacionales y unión europea

27. La política exterior de España y la política de cooperación al desarrollo. Especial referencia al Consejo de Europa. La participación española en las organizaciones internacionales.

28. De las Comunidades Europeas a la Unión Europea: Los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas. El Tratado de Lisboa: el Tratado de la Unión y el Tratado de Funcionamiento de la Unión. Los procesos de ampliación.

29. Las instituciones de la Unión Europea: el Consejo Europeo, el Consejo, la Comisión Europea y el Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Banco Central Europeo. El Tribunal de Cuentas de la Unión Europea y otros órganos.

30. El Derecho de la Unión Europea: Fuentes. Relación entre el Derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros. La participación de los Estados Miembros en el proceso decisorio.

31. Adecuación del ordenamiento jurídico español al Derecho Comunitario. Las funciones de los Estados miembros en la aplicación del Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario: Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

32. La libre circulación de mercancías y la política comercial común. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La libre circulación de capitales.

33. La libre circulación de trabajadores. La política social y de empleo. Política agrícola y pesquera. Otras políticas comunes.

34. Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea. El Servicio Europeo de Acción Exterior. El espacio europeo de libertad, seguridad y justicia.

35. La cohesión económica y social. La política regional de la Unión Europea. El Comité de las Regiones. Los Fondos Estructurales. Participación española en los Fondos Estructurales. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

36. La Unión Económica y Monetaria y la política económica (I): El Pacto de Estabilidad y Crecimiento y sus implicaciones en la política fiscal de los Estados Miembros. La armonización fiscal.

37. La Unión Económica y Monetaria y la política económica (II): La Estrategia Europea 2030. Los Planes Nacionales de Reforma.

38. La financiación de la Unión Europea: Características generales. Gastos e ingresos. Los marcos financieros plurianuales. El presupuesto: ejecución y control. El Banco Europeo de Inversiones. La lucha contra el fraude y la protección de los intereses financieros de la Unión Europea.

III. Derecho administrativo: primera parte

39. La Administración Pública: Concepto. La Administración y las funciones y poderes del Estado.

40. Los sistemas administrativos comparados: la Administración inglesa. El sistema administrativo francés. El sistema administrativo español: evolución.

41. La Administración Pública y el Derecho: Principios constitucionales. El principio de legalidad y el poder de autotutela de la Administración. Las fuentes del Derecho. Especial referencia al Derecho Administrativo.

42. Las potestades administrativas. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Vías de control de la discrecionalidad. Los conceptos jurídicos indeterminados.

43. La Ley: Teoría general y tipos de leyes. Reserva de ley. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos regionales. Los Estatutos de Autonomía. La legislación básica del Estado. Las leyes-marco. Las leyes de transferencias o delegación. Las leyes de armonización. Las leyes autonómicas.

44. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases. La potestad reglamentaria. Órganos con potestad reglamentaria. Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. La potestad reglamentaria y sus límites. El control de los reglamentos.

45. Disposiciones del Gobierno con fuerza de Ley: Decretos-Leyes y Decretos Legislativos. Disposiciones autonómicas con fuerza de Ley. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

46. La iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.

47. Personas jurídicas públicas y privadas: Criterios de distinción. La Administración Pública y su personalidad jurídica. Especial referencia a la capacidad.

48. El órgano administrativo: Concepto, elementos y naturaleza. Clases de órganos: Examen particular de los órganos colegiados y su régimen jurídico. La potestad organizatoria de la Administración: Creación, modificación y supresión de órganos.

49. Principios de la organización administrativa. La competencia: Naturaleza, criterios de delimitación y técnicas de traslación. La jerarquía, la coordinación y el control.

50. Centralización y descentralización: Concepto, requisitos y clases. Concentración y desconcentración. La tutela administrativa.

51. Relaciones interadministrativas: Principios generales. Principio de lealtad institucional. Deber de colaboración. Técnicas de cooperación. Conferencias Sectoriales.

52. La Administración General del Estado: organización administrativa. Los Ministerios y su estructura interna. Órganos territoriales. La Administración General del Estado en el exterior.

53. Sector público institucional estatal: organización y funcionamiento. Organismos públicos estatales: tipología y régimen jurídico.

54. La Administración de la Comunidad de Madrid: organización, estructura y competencias de las Consejerías.

55. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid: tipología y régimen jurídico.

56. La Administración corporativa: Los Colegios profesionales. Las Cámaras Oficiales. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

57. El funcionamiento electrónico del sector público: la sede electrónica y el portal de internet. Sistemas de identificación y firma de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio. Actuación administrativa automatizada. Archivo electrónico de documentos.

58. Los convenios entre Administraciones Públicas: Definición y tipos. Requisitos de validez y eficacia. Contenido. Trámites preceptivos. Extinción. Efectos de la resolución. Especial referencia a la normativa reguladora de la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

59. El ciudadano como administrado. La capacidad de obrar. Concepto de interesado. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo. Derechos y obligaciones de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas, con especial referencia al uso de medios electrónicos.

60. Cómputo del tiempo. Obligación de resolver. Suspensión y ampliación del plazo. Silencio administrativo. Términos y plazos. Tramitación de urgencia. La prescripción y sus clases. La caducidad.

61. Actos jurídicos de la Administración: públicos y privados. El acto administrativo: Concepto, clases y requisitos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad. Límites de la invalidez.

62. El procedimiento administrativo común: Derechos del interesado. Fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. La tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. Ejecución.

63. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas: Principios, procedimiento y competencia. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. Responsabilidad penal. La responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

64. La potestad sancionadora de la Administración: Principios. El procedimiento de naturaleza sancionadora. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

65. La Ley de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Objeto y ámbito de aplicación. Publicidad activa. Derecho de acceso a la información pública. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Especial referencia a la Comunidad de Madrid: Información de la organización y actividad de los sujetos obligados en la Comunidad.

66. La protección de datos de carácter personal: Principios. Derechos. Responsable y encargado del tratamiento. La Agencia de Protección de Datos.

67. La revisión de los actos en vía administrativa: La revisión de oficio. Los recursos administrativos: principios generales y clases de recursos.

68. El procedimiento económico-administrativo: Materias impugnables, interesados, actos impugnables y extensión de la revisión. Suspensión del acto impugnado. La reclamación económico-administrativa. Especial referencia a la organización económico-administrativa de la Comunidad de Madrid.

69. La jurisdicción contencioso-administrativa (I): Ámbito. Órganos y competencias. Las partes. Objeto del recurso contencioso-administrativo.

70. La jurisdicción contencioso-administrativa (II): Procedimientos ordinario y abreviado. Recursos. Ejecución de sentencias. Procedimientos especiales. Medidas cautelares.

71. Conflictos de jurisdicción entre Juzgados o Tribunales y Administración. Vía de hecho y su protección procesal. Ejecución de sentencias por la propia Administración.

72. La Abogacía General de la Comunidad de Madrid y sus Servicios Jurídicos: Funciones. Organización y actuación. Principios de jerarquía y colaboración. Funciones consultiva y contenciosa. Régimen de la asistencia jurídica convencional, asuntos constitucionales y estudios.

IV. Derecho administrativo: segunda parte

73. Los contratos del Sector Público (I): Objeto y ámbito de aplicación. Contratos administrativos y contratos privados. Disposiciones generales sobre la contratación en el sector público. Órgano de contratación: Especial referencia a la Comunidad de Madrid. Capacidad y solvencia del empresario. Presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles.

74. Los contratos del Sector Público (II): Expediente de contratación. Pliego de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas. Adjudicación de los contratos y procedimientos. Efectos, cumplimiento, modificación, suspensión y extinción de los contratos. Cesión y subcontratación. Racionalización técnica de la contratación.

75. Los contratos del Sector Público (III): Análisis de los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas: Contrato de obras y de concesión de obras.

76. Los contratos del Sector Público (IV): Análisis de los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas: contrato de concesión de servicios, de suministro y de servicios. El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.

77. Las encomiendas de gestión o encargos a medios propios personificados. Requisitos. Límites. Reglas aplicables a los negocios jurídicos que celebren los medios propios.

78. La expropiación forzosa: Sujetos, naturaleza y justificación. Principios generales. El procedimiento expropiatorio. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. La garantía patrimonial: En particular, La reversión de bienes expropiados. Procedimientos especiales de expropiación.

79. La actividad de policía o de limitación: Manifestaciones más importantes. La actividad de fomento y sus principales manifestaciones.

80. El Servicio Público: Formas de gestión de los servicios públicos. La gestión directa e indirecta. La concesión.

81. Régimen jurídico de las subvenciones (I): Ámbito de aplicación. Disposiciones comunes. Planes estratégicos. Procedimiento de concesión y gestión. Procedimiento de gestión y justificación. Procedimiento de gestión presupuestaria.

82. Régimen jurídico de las subvenciones (II): Reintegro de las subvenciones. Control financiero. Infracciones y sanciones. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

83. El dominio público y los bienes patrimoniales: patrimonio de las Administraciones Públicas. Adquisición de bienes y derechos. Protección y defensa del patrimonio. Bienes y derechos públicos. Uso y explotación de los bienes y derechos. Gestión patrimonial. Relaciones interadministrativas. Régimen sancionador.

84. El patrimonio de la Comunidad de Madrid: Disposiciones generales y regímenes. El Inventario General de Bienes y Derechos. Patrimonio cultural de la Comunidad de Madrid. Patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid.

85. El Sistema Nacional de Salud: Distribución de competencias. La estructura del sistema sanitario público. El Servicio Madrileño de Salud: estructura, régimen jurídico y funcionamiento.

86. La Administración y la enseñanza: La enseñanza y su ordenación. Recursos económicos. Sistema universitario: Autonomía y creación de universidades. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

87. El Servicio Estatal Público de Empleo: estructura, principales funciones y prestaciones fundamentales. Las Oficinas de Empleo, con especial referencia a la Comunidad de Madrid. Agencias de colocación.

88. La protección del medio ambiente: Espacios naturales protegidos. Evaluación del impacto ambiental. Prevención y control integrado de la contaminación: autorización ambiental integrada. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

89. Montes: definición, régimen jurídico y tipología. Gestión forestal sostenible. Incendios forestales. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

90. Aguas: Dominio público hidráulico. Administración pública del agua. Utilización del dominio público hidráulico. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

91. Comercio y Consumo: Derechos básicos de los consumidores y usuarios. Comercio minorista: conceptos básicos. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

92. Industria, energía y minas: Régimen jurídico general. Permisos de exploración y explotación. Concesiones de explotación. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

93. Carreteras: Autopistas en régimen de concesión. Transportes terrestres. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

94. Derecho Urbanístico en la Comunidad de Madrid (I): Régimen urbanístico del suelo. Planeamiento urbanístico. Planes de ordenación: Clases y régimen jurídico.

95. Derecho Urbanístico en la Comunidad de Madrid (II): La ejecución del planeamiento y la participación en cargas y beneficios. Gestión mediante unidades de ejecución. Sistemas de ejecución. Otras formas de ejecución. Expropiación forzosa.

96. Derecho Urbanístico en la Comunidad de Madrid (III): Intervención en la edificación y uso del suelo. Licencias y protección de la legalidad urbanística. Las infracciones urbanísticas.

97. Vivienda: Régimen legal de la vivienda con Protección Pública en la Comunidad de Madrid. La Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.

98. Turismo: El turismo en la Comunidad de Madrid. Ordenación general y sectorial de la actividad turística. Planificación, promoción y fomento del turismo. Control de la calidad.

99. Modelo económico de la Comunidad de Madrid: Líneas generales de la política económica actual. Sectores productivos. Mercado abierto: Principio de eficacia en el territorio de la Comunidad de Madrid.

V. Derecho financiero y hacienda pública

100. El Derecho Financiero: Concepto, autonomía y contenido. Las necesidades públicas. Los bienes públicos. La Hacienda Pública en la Constitución española. El régimen de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

101. La Ley General Tributaria: La obligación tributaria principal. Los derechos y garantías de los obligados tributarios. Obligaciones y deberes de la Administración tributaria. Actuaciones y procedimiento de recaudación. La vía de apremio.

102. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones: Hecho Imponible. Sujeto pasivo. Base Imponible y liquidable. Tipo de Gravamen. Deuda Tributaria. Devengo y prescripción. Gestión del Impuesto. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

103. Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales: Especial referencia al texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

104. La financiación de las Comunidades Autónomas. La financiación de la Comunidad de Madrid: Fuentes de financiación autónoma. Principio de solidaridad.

105. La financiación de las Corporaciones Locales. Principios constitucionales. Texto refundido la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Recursos de las Haciendas locales. Recursos de los municipios.

106. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales. Fuente de las obligaciones económicas de las Administraciones Públicas. Exigibilidad. Extinción de las obligaciones: Compensación y prescripción.

107. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (I): Concepto, contenido y regulación jurídica. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

108. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (II): Estructura presupuestaria. Centros presupuestarios. El ciclo presupuestario. Elaboración, examen, enmienda y aprobación del presupuesto.

109. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (III). Las excepciones al principio de especialidad de los créditos: Las modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias. Los gastos plurianuales.

110. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto público en la Comunidad de Madrid. Procedimiento ordinario: Fases del gasto. Documentos contables. Procedimientos especiales: Pagos a Justificar, Anticipos de Caja Fija, Convalidación.

111. El control interno de la actividad económico-financiera del Sector público de la Comunidad de Madrid: Naturaleza, fundamento y ámbito de aplicación del control. Función interventora y control previo. Modalidades de su ejercicio. Reparos. Omisión de la fiscalización.

112. El control financiero: concepto, regulación y principios generales. Clases de control financiero. El control financiero permanente: Normativa reguladora. Concepto. Ámbito de aplicación. El control financiero de subvenciones y ayudas públicas.

113. La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid: Naturaleza, ámbito de actuación y funciones. La función fiscalizadora. La función consultiva. Organización. Los miembros de la Cámara de Cuentas y el personal al servicio de la misma. Relaciones institucionales.

114. Contabilidad Pública: Plan General de Contabilidad Pública. La Cuenta General de la Comunidad de Madrid.

VI. Recursos humanos

115. Los modelos de Función Pública: el modelo francés, el modelo anglosajón y el modelo de la Unión Europea. El modelo español de Función Pública y su evolución. Características generales. Normativa básica. La función pública de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

116. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Ámbito de aplicación. Tipología de empleados públicos: Clasificación, características y régimen jurídico aplicable. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid: Estructura y ámbito de aplicación. Órganos superiores de la Función Pública en la Comunidad de Madrid: competencias.

117. La planificación de recursos humanos en la Administración Pública: La Oferta de Empleo Público. Las Relaciones de Puestos de trabajo. Registro de Personal. Plantillas presupuestarias. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

118. El acceso a la Función Pública: aspectos principales. Medidas para promover el acceso de las personas con discapacidad al empleo público. Acceso de los nacionales de la Unión Europea a la Función Pública.

119. Ingreso en Cuerpos o Escalas de funcionarios. Convocatorias y procedimiento selectivo. Órganos de selección. Cuerpos de funcionarios de la Comunidad de Madrid: Clasificación y funciones. Nombramiento de funcionarios interinos. Límites a la temporalidad: normativa y jurisprudencia.

120. Contratación laboral en la Administración Pública. Regulación. Modalidades de contratación. Nacimiento y extinción de la relación laboral. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

121. Provisión de puestos de trabajo: Concurso y libre designación. Otras formas de provisión. Movilidad. Situaciones administrativas. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

122. La carrera administrativa y promoción profesional. Evaluación del desempeño. Decreto por el que se regula la evaluación del desempeño y la carrera profesional horizontal del personal de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid: proceso de evaluación y carrera profesión horizontal. Efectos. Niveles de carrera.

123. Los sistemas de retribución: Sistema retributivo de los funcionarios. Retribuciones del personal laboral. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

124. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Las incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid.

125. El régimen disciplinario de los funcionarios. La responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Delitos de los funcionarios. Especial referencia a la Comunidad de Madrid Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

126. Jornada de trabajo. Prestación de servicios en régimen de teletrabajo. Decreto por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid. Régimen general de los permisos: especial referencia a la Comunidad de Madrid.

127. La formación de los empleados públicos: Planificación, ejecución y evaluación. La formación continua. Modelo de formación por competencias e itinerarios formativos para los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Madrid.

128. Relaciones laborales en la Administración Pública: El proceso de negociación colectiva. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. Los derechos de sindicación y huelga en el ámbito del sector público.

VIII. Derecho laboral

129. El Derecho del Trabajo: Especialidad y caracteres. Las fuentes del Derecho del Trabajo: Normas internacionales y derecho social comunitario. principios constitucionales. otras fuentes.

130. Los convenios colectivos de trabajo: Concepto y naturaleza. Unidades de negociación, legitimación y ámbitos de los convenios colectivos. Procedimiento negocial, eficacia normativa e impugnación.

131. El contrato de trabajo (I): Concepto y naturaleza. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico.

132. El contrato de trabajo (II): Las relaciones laborales de carácter especial. Modalidades del contrato de trabajo.

133. El contrato de trabajo (III): Duración del contrato. Modificación, suspensión y extinción. El despido disciplinario.

134. Condiciones de trabajo: Jornada, descansos, régimen retributivo. Categoría y clasificación profesionales. Referencia al Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid.

135. El poder de dirección: Concepto y manifestaciones. Limitaciones del poder de dirección. El poder disciplinario: Concepto y caracteres. Faltas y sanciones. Referencia al Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid.

136. Los conflictos colectivos de trabajo y los procedimientos de solución. La huelga. El cierre patronal.

137. Participación en la empresa y régimen de representación del personal. La libertad sindical. El funcionamiento de los sindicatos. La acción sindical en la empresa. Referencia a la Administración de la Comunidad de Madrid.

138. La Administración laboral: Órganos y competencias. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. El proceso de trabajo: Principios generales y conceptos básicos. Recursos contra las sentencias.

139. La Seguridad Social (I): Evolución histórica. Caracteres generales del sistema español. Normativa vigente. Las Entidades Gestoras y los Servicios Comunes. La colaboración en la gestión. Los regímenes especiales.

140. La Seguridad Social (II): El Régimen General. Campo de aplicación y afiliación. Cotización y recaudación. Acción protectora: Contingencias y prestaciones.

(01/20/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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