Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
04-06-2024

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240604-33

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

33
ORDEN 1482/2024, de 17 de mayo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden 100/2024, de 18 de enero, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, modificada por la Orden 1270/2024, de 17 de abril, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

La presente Orden se dicta en virtud de la “Memoria justificativa de la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid para introducir una nueva línea de subvención a través del convenio con la federación de plataformas Sociales PINARDI para el desarrollo del proyecto Primera Experiencia Profesional”, del Director General de Servicios Sociales e Integración de 30 de abril de 2024.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.

Mediante Orden 100/2024, de 18 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, modificado posteriormente por la Orden 1270/2024, de 17 de abril, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

Ante la necesidad social de definir y potenciar nuevos modelos de inclusión social que aporten soluciones al desempleo juvenil y el abandono educativo temprano, se considera necesario abordar un proyecto que consista en un nuevo modelo de empleo juvenil y retorno educativo personalizado, basado en el acompañamiento individual, intensivo e integral a jóvenes de entre 18 y 29 años que se encuentran en situación de abandono educativo temprano y no activados en el empleo, especialmente aquellos provenientes de contextos vulnerables, ofreciendo servicios de inmersión laboral tutorizados y mentorizados en la empresa con apoyos sociales, técnicos y profesionales.

Por todo lo anterior, procede modificar el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, con el fin de recoger en el Objetivo 2 Paliar los efectos de la crisis económica sobre la población vulnerable y en situación o riesgo de exclusión social, una nueva línea de subvención.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en relación con el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Modificación del Plan Estratégico

1. Se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid en los términos y con el contenido que se indica a continuación:

Apartado 2.—Objetivos:

Dentro del objetivo 2, “Paliar los efectos de la crisis económica sobre la población vulnerable y en situación o riesgo de exclusión social”, se incluye una nueva línea de subvención:

4. Convenio con la Federación de Plataformas Sociales PINARDI para el desarrollo del proyecto “Primera experiencia profesional”.

Objetivo específico: ofrecer un proceso de recuperación y remotivación en clave de activación, un programa de inmersión laboral con acompañamiento social, técnico y profesional a los participantes y facilitar salidas enfocadas en la inserción laboral o el retorno educativo de los participantes.

Apartado 3.—Costes presupuestarios previsibles:

En el Programa 232E: Integración, Participación Social y Lucha contra la Exclusión, se incluye la nueva línea:

Apartado 6.—Efectos o resultados perseguidos:

En el apartado 6 se incorporan los siguientes efectos o resultados perseguidos:

“— Ofrecer un programa de inmersión laboral con acompañamiento social, técnico y profesional a los participantes.

— Facilitar salidas enfocadas en la inserción laboral o el retorno educativo de los jóvenes entre 18 y 29 años de la Comunidad de Madrid, no activadas en el empleo y en situación de abandono educativo o que, habiendo obtenido alguna titulación de la etapa educativa secundaria, se encuentran inactivos y no cuentan con capacitación en un perfil profesional y/o no cuentan con experiencia laboral o es muy precaria”.

Apartado 7.—Indicadores de cumplimiento de objetivos y resultados:

En el subapartado “2. Indicadores específicos” se añaden los siguientes indicadores para la nueva línea de subvención:

“aj) Convenio con la Federación de Plataformas Sociales PINARDI para el desarrollo del proyecto “Primera experiencia profesional”:

— Número de jóvenes entre 18 y 29 años que participan en el proyecto.

— Número de jóvenes entre 18 y 29 años que consiguen inserción laboral.

— Número de jóvenes entre 18 y 29 años que retornan al sistema educativa (educación reglada y no reglada)”.

2. Se modifica el cuadro incluido al final del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, denominado “Desglose por programas y subconceptos. Ejercicio 2024”, que queda redactado como sigue:



Segundo

Efectos

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

Publicidad

Esta Orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de mayo de 2024.

La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO

(03/7.900/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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