Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
13-05-2023

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230513-14

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

14
Madrid número 18. Procedimiento 2535/2022

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento diligencias previas 2535/2022, con doña Ana Isabel Báez Corisco como perjudicada por un presunto delito de abusos sexuales, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

El juez/magistrado-juez que lo dicta: don Ángel José Lera Carrasco.—En Madrid, a 23 de enero de 2023.

Antecedentes de hecho:

Primero.—En este órgano judicial se han recibido las actuaciones que preceden en virtud de atestado de Madrid-Ciudad Lineal-Comisaría de Distrito-ODAC, habiéndose acordado que su tramitación se realice por el diligencias previas y habiéndose acordado la práctica de diligencias y el sobreseimiento provisional de las actuaciones mientras se practicaban las gestiones practicadas.

Segundo.—Se ha recibido oficio de la policía dando cuenta de las gestiones practicadas.

Fundamentos de derecho:

Primero.—Vistos los antecedentes de la presente resolución, procede la reapertura de la causa.

Segundo.—De lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado lugar a la formación de la causa por falta de denuncia de la víctima, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 779.1.1.o y 641.1.o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones.

Vistos los preceptos indicados y los demás de pertinente y general aplicación,

Parte dispositiva:

Se decreta la reapertura de la causa, acordando al mismo tiempo el sobreseimiento provisional y el archivo de las presentes actuaciones.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal, a las demás partes personadas y a las víctimas del delito en la forma prevista en el artículo 636 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.

Lo acuerda y firma S.S.a. Doy fe.—El juez/magistrado-juez.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificad a doña Ana Isabel Báez Corisco, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 14 de abril de 2021.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/6.432/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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