Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2019

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190812-78

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LOZOYA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

78
Lozoya. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

El Pleno del Ayuntamiento, en su sesión extraordinaria de fecha 3 de julio de 2019, aprobó delegación de competencias del Pleno en la Alcaldía.

Visto lo dispuesto en el artículo 22.4 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, el Pleno podrá efectuar en la Alcaldía las delegaciones que en dicho artículo se autorizan.

Con el fin de agilizar determinados trámites en relación con la solicitud y gestión de subvenciones.

Primero.—Delegar en la Alcaldía la solicitud de todo tipo de subvenciones hasta un límite de 85.000,00 euros, IVA no incluido; asimismo, se incluye los expedientes de contratación relacionados con los citadas subvenciones.

Segundo.—Expediente de contratación, no relacionados con subvenciones, por igual importe de 85.000,00 euros IVA, no incluido.

Lozoya, a 29 de julio de 2019.—El alcalde, Carlos Ruiz González.

(03/27.549/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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