Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
08-07-2019

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190708-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Torrelodones. Organización y funcionamiento. Delegaciones competencias

De conformidad a lo indicado en el artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hacen públicas las delegaciones de atribuciones que esta Alcaldía ha dispuesto mediante resoluciones de fechas 17 y 18 de junio de 2019.

Delegaciones genéricas:

— Comunicación, Atención al Vecino y Calidad a favor del Concejal don Jesús Moreno Pascual.

— Urbanismo, Movilidad e Infraestructuras, Vivienda y Deportes a favor del Concejal don David Moreno Fernández.

— Medio Ambiente, Patrimonio, Servicios Urbanos y Salud Pública a favor del Concejal don Luis Antonio Berutich Solar.

— Cultura, Transparencia y Archivo Histórico a favor de la Concejala doña Luz Marina Vicen Aznar.

— Hacienda y Personal a favor de la Concejala doña Ana María Núñez Maya.

— Seguridad y Régimen Interior a favor del Concejal don Víctor Fernando Arcos Martín.

— Educación, Juventud e Infancia a favor de la Concejala doña María Ángeles Barba Fernández.

Delegaciones especiales:

— Desarrollo Empresarial y Fiestas a favor de la Concejala doña María Antonia Mora Luján.

— Innovación Tecnológica a favor del Concejal don Uxio Sánchez Alonso.

— Asuntos Sociales a favor de la Concejala doña Susana Albert Bernal.

Las delegaciones genéricas se ajustan a lo previsto en el artículo 43.3 del citado Real Decreto y abarcarán tanto las facultades de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos, en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Las delegaciones especiales se ajustan a lo previsto en el artículo 43.5.b) del mismo Real Decreto y solamente abarcarán la facultad de dirigir los servicios correspondientes, así como la de gestionarlos en general.

Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad a las normas indicadas.

Pinto, a 25 de junio de 2019.—El alcalde, Alfredo García-Plata Fernández.

(03/23.231/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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