Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
19-12-2018

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181219-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Colmenarejo. Régimen económico. Ordenanza protección arbolado

Publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 240, de 8 de octubre de 2018, el anuncio del acuerdo de aprobación inicial de la Modificación Puntual de la ordenanza de protección del arbolado y las zonas verdes de Colmenarejo, sin que durante el plazo de exposición pública se hayan presentado alegaciones, queda elevado a definitivo el mencionado acuerdo, publicándose a continuación el texto íntegro de la modificación aprobado, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

«ORDENANZA REGULADORA DE LA PROTECCIÓN DE ARBOLADO Y LAS ZONAS VERDES DE COLMENAREJO.

[…/…]

Artículo 9. Derechos y obligaciones de los usuarios

[…/…]

“6. Con carácter general, los parques y jardines públicos podrán ser de uso abierto al público conforme a los horarios que se regulen por resolución de la Alcaldía que se anunciará mediante bando. Horarios que podrán ser modificados conforme a la época del año o a las necesidades del Servicio”.

Art. 10. Prohibiciones de carácter general

[…/…]

“m) Queda prohibida la práctica de juegos, deportes y actividades cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

I. Puedan causar molestias o accidentes graves a las personas

II. Puedan causar daños y/o deterioros a césped, plantas, árboles, bancos y demás elementos naturales o del mobiliario urbano.

III. Que afecten la normal circulación de vehículos o personas en las calles colindantes.

IV. Que perturben o molesten de cualquier forma la tranquilidad y el buen descanso de los vecinos aledaños”.

Art. 68. Clasificación de las infracciones

[…/…]

“b) La realización de cualquier actividad dentro de las zonas verdes objeto de esta regulación que se encuentre directamente prohibida o contraria a los derechos y obligaciones regulados en la presente ordenanza y que ocasione molestias o perjuicios a las personas usuarias o a vecinos colindantes”.

[…/…]».

En Colmenarejo, a 29 de noviembre de 2018.—La alcaldesa, Nieves Roses Roses.

(03/39.902/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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