Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2017

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170209-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PEDREZUELA

RÉGIMEN ECONÓMICO

60
Pedrezuela. Régimen económico. Ordenanza fiscal ICIO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo Plenario provisional de este Ayuntamiento, de 15 de septiembre de 2016, sobre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras de Pedrezuela, y cuyo artículo 7 queda redactado de la siguiente forma:

“Artículo 7. El tipo impositivo a aplicar será:

a) El 4 por 100 para las construcciones y obras que requieran la presentación de proyecto técnico (obras mayores e instalaciones), rehabilitación de edificios o pajares, y piscinas y obras menores de presupuesto > 5.000,00 euros.

b) El 3 por 100 para los actos comunicados (obras menores) con presupuesto

c) Garajes en viviendas unifamiliares: 400 euros hasta 25 m2 y 20 euros por m2 que exceda de 25.

d) Cerramientos de pérgolas: 350 euros hasta 25 m2 y 20 euros por m2 que exceda de 25.

e) Expedientes de demoliciones y derribos de edificaciones en estado de ruina, o sujetos a orden de ejecución: 1 euro”.

Contra el presente acuerdo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Pedrezuela, a 27 de enero de 2017.—El alcalde, Rafael Turnes García.

(03/3.223/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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