Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2017

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170109-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BREA DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Brea de Tajo. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Pleno del Ayuntamiento de Brea de Tajo, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2016, acordó la aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas fiscales:

— Ordenanza reguladora de la tasa por recogida de basura.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de cementerio y tanatorio municipal.

— Ordenanza fiscal reguladora por la prestación de servicios del gimnasio municipal.

— Ordenanza fiscal reguladora por la prestación del servicio de pista de pádel.

— Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Brea de Tajo, a 22 de diciembre de 2016.—El alcalde, Rafael Barcala Gómez.

(03/45.289/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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