Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
12-12-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161212-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

98
Madrid número 16. Procedimiento 291 de 2015, notificación a Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 291 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Gómez Mayoral, frente a “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en la sentencia de fecha 19 de octubre de 2016 en los siguientes términos, donde dice:

«Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Carlos Gómez Mayoral, contra “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, debo declarar la improcedencia del despido y, en consecuencia, condeno a la empresa, entendiendo efectuada la opción por la indemnización y declarando extinguida la relación laboral con esta fecha, a que abone al actor la indemnización cifrada en 2.534,96 euros y al abono de los salarios de trámite en la cantidad de 16.225,44 euros (seiscientos dieciséis días por 26,34 euros de salario/día), calculados desde la fecha de despido hasta la de esta sentencia.»

Debe decir:

«Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Carlos Gómez Mayoral, contra “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, debo declarar la improcedencia del despido y, en consecuencia, condeno a la empresa, entendiendo efectuada la opción por la indemnización y declarando extinguida la relación laboral con esta fecha, a que abone al actor la indemnización cifrada en 3.404,45 euros calculada desde la fecha de antigüedad en la empresa hasta la de la presente sentencia, y al abono de los salarios de trámite en la cantidad de 16.225,44 euros (seiscientos dieciséis días por 26,34 euros de salario/día), calculados desde la fecha de despido hasta la de esta sentencia.»

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María José Ceballos Reinoso.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 10 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/40.623/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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