Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
01-08-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160801-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE A CORUÑA NÚMERO 5

103
A Coruña número 5. Procedimiento ordinario 601 de 2015

EDICTO

Doña María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de A Coruña.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 601 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Castro Pulian, don Rubén Jesús Remuiñan García, don José Antonio Santano Martínez y don Juan Manuel Varela Varela, contra “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad del procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por don Antonio Castro Pulian, don Rubén Jesús Remuiñan García, don José Antonio Santano Martínez y don Juan Manuel Varela Varela, contra la empresa “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, a que abone a los demandantes las cantidades que se especificarán, por diferencias salariales devengadas entre enero de 2012 y julio de 2014, incrementadas con el interés del 10 por 100 por mora y aplicable a los conceptos salariales:

A don Antonio Castro Pulian la cantidad de 2.278,63 euros.

A don Rubén Jesús Remuiñan García la cantidad de 2.069,51 euros.

A don José Antonio Santano Martínez la cantidad de 1.972,48 euros.

A don Juan Manuel Varela Varela la cantidad de 1.848,18 euros.

Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de este Juzgado de lo social número 5 de A Coruña, doña Pilar Carreira Vidal.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En A Coruña, a 4 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/25.960/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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