Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 31

Fecha del Boletín 
06-02-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150206-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 3

99
Procedimiento 911 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 911 de 2011 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 195 de 2014

En Torrejón de Ardoz, a 18 de septiembre de 2014, doña Alicia Visitación Martín, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Torrejón de Ardoz, ha visto los presentes autos que se siguen en este Juzgado bajo el número de procedimiento 911 de 2011, a instancias de la comunidad de propietarios de las viviendas y garajes de la calle Alcalá números 1 y 3 de Torrejón de Ardoz, representada por la procuradora doña Isabel López Gálvez, y asistida de la letrada doña Almudena Monge González, frente a “Proyectos y Diseños Euroliber, Sociedad Anónima”, y don Guillermo Paredes Santiago, representado por la procuradora doña Concepción Iglesias Martín y asistido de la letrada doña Marta Cortázar Vidaur.

Fallo

Se estima la demanda interpuesta por la procuradora doña Isabel López Gálvez, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de viviendas y garajes de la calle Alcalá, números 1 y 3, de Torrejón de Ardoz, frente a la entidad “Proyectos y Diseños Euroliber, Sociedad Anónima”, y don Guillermo Paredes Santiago y, en consecuencia:

1) Se declara que en la cubierta de los inmuebles de las comunidades demandantes existían vicios constructivos ruinógenos debidos a un defecto de diseño en el proyecto de ejecución.

2) Se declara la responsabilidad, por ello, conjunta y solidaria de los codemandados.

3) Se condena a los codemandados a abonar de forma conjunta y solidaria a la parte actora el importe de 169.960,40 euros, más el interés legal desde la interposición de la demanda. Con condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber de que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial en el plazo de veinte días a contar del siguiente de su notificación. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la entidad “Proyectos y Diseños Euroliber, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Torrejón de Ardoz, a 19 de septiembre de 2014.—El secretario (firmado).

(02/6.157/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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