Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
16-10-2014

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141016-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2

98
Juicio de faltas 311 de 2013

EDICTO

Doña Ángela Torres Mohedas, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Colmenar Viejo.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 311 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Auto

Ilustrísima magistrada-juez de instrucción, doña Alicia Barba de la Torre.—En Colmenar Viejo, a 28 de agosto de 2014.

Parte dispositiva:

Se declara firme la sentencia dictada en fecha 23 de abril de 2014 en la presente causa.

Dispone a su vez el artículo 988 de la misma Ley Procesal, que cuando una sentencia sea firme, como ocurre en este caso, el magistrado-juez o tribunal lo declarará así, añadiendo a continuación que hecha esta declaración se procederá a ejecutar la sentencia, para lo cual requiérase a doña María Teresa Herranz Palma a fin de que en el plazo de una audiencia haga efectivo el pago de 180 euros en concepto de multa y 64 euros de indemnización a la que ha sido condenada y proceda a su ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en el “Banco Santander” con el número 2367/0000/76/0311/11, bajo apercibimiento de iniciar la vía de apremio en caso de impago.

Así lo dispone, manda y firma doña Alicia Barba de la Torre, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Colmenar Viejo.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña María Teresa Herranz Palma, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 28 de agosto de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/28.765/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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