Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
21-11-2013

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131121-96

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

96
Fichero usuarios de servicios sociales

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria, celebrada el 25 de octubre de 2013, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar la modificación del fichero “Usuarios de servicios sociales” con la siguiente descripción:

Fichero: Usuarios de Servicios Sociales.

1. Responsable del fichero: Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón. Concejalía responsable de la prestación de Servicios Sociales.

2. Derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón. Concejalía responsable de la prestación de Servicios Sociales.

3. Nombre y descripción del fichero: Usuarios de Servicios Sociales.

Datos de carácter personal necesarios para la gestión y control de los servicios sociales desarrollados por el ayuntamiento.

4. Sistema de tratamiento: mixto.

5. Sistema de información: sistema de información del Área de Servicios Sociales.

6. Nivel de medidas de seguridad: nivel alto.

7. Tipo de datos, estructura y organización del fichero:

— Datos de carácter identificativo: nombre, apellidos, documento de identidad, dirección, teléfono, firma e imagen.

— Datos de características personales.

— Datos de circunstancias sociales.

— Datos académicos y profesionales.

— Datos de detalle de empleo.

— Datos económicos, financieros y de seguros.

— Datos de transacciones de bienes y servicios.

— Otros datos especialmente protegidos: datos de salud, datos de vida sexual.

8. Finalidad y usos del fichero: gestionar la solicitud, seguimiento y desarrollo de los servicios sociales que se prestan por el Ayuntamiento a los usuarios de los mismos.

9. Origen y procedencia de los datos: vecinos del municipio que son usuarios de los servicios sociales que se ofrecen. Otras Administraciones.

10. Procedimiento de recogida de datos:

— Propio interesado o su representante legal.

— Otras personas físicas.

— Administraciones Públicas.

Soporte utilizado: informatizado y archivo físico.

11. Cesión o comunicación de datos:

— Organismos de la Seguridad Social.

— Instituto Nacional de Estadística.

— Otros órganos de la Administración Local.

— Otros órganos de la Comunidad Autónoma e interesados legítimos.

Segundo.—Aprobar la creación del fichero “Sanciones y multas de tráfico” con la siguiente descripción:

Fichero sanciones y multas de tráfico

1. Responsable del fichero: Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, Concejalía de Seguridad.

2. Derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, Concejalía de Seguridad.

3. Nombre y descripción del fichero: Fichero Sanciones y multas de tráfico.

Descripción del fichero: datos de ciudadanos responsables de infracciones de tráfico cometidas dentro del municipio y de competencia municipal.

4. Sistema de tratamiento: mixto.

5. Sistema de información: sistema de información del departamento de sanciones de tráfico dentro del ámbito de sus competencias.

6. Nivel de medidas de seguridad. Nivel de seguridad: medio.

7. Tipo de datos, estructura y organización del fichero:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, direcciones, matrículas, tipo, características y fotografías de vehículos.

— Datos de infracciones y sanciones: administrativas y penales.

— Datos económicos: importes sanciones.

8. Finalidad y usos del fichero: notificación, gestión y tramitación de multas y sanciones de tráfico.

Descripción de la finalidad: instrucción, tramitación y resolución de los expedientes de tráfico.

Tipificación de la finalidad: normativa reguladora del tráfico y de la seguridad vial.

9. Origen y procedencia de los datos:

Origen: el propio interesado o su representante legal, otras personas físicas distintas del afectado.

Otros: Administración Pública.

10. Procedimiento de recogida de datos: procedimiento de recogida: interesados, medios autorizados de captación y reproducción de imágenes y administración pública.

Soporte utilizado: mixto (informático y físico).

11. Cesión o comunicación de datos:

Destinatarios: recaudación ejecutiva, órganos judiciales y administrativos que la justifiquen y en general administración pública con competencia materia.

Tercero.—Aprobar la creación del fichero “Vehículos sustraídos, ITV y seguros” con la siguiente descripción:

Fichero: Vehículos sustraídos, ITV y seguros

1. Responsable del fichero: Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón. Concejalía de Seguridad.

2. Derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón. Concejalía de Seguridad.

3. Nombre y descripción del fichero: Vehículos sustraídos, ITV y seguros de vehículos.

4. Sistema de tratamiento: mixto.

5. Sistema de información: sistema de información de la Concejalía de Seguridad para ejercer sus funciones de seguridad, tráfico y circulación en el ámbito de sus competencias.

6. Nivel de medidas de seguridad: nivel de seguridad: medio.

7. Tipo de datos, estructura y organización del fichero: datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, direcciones, matrículas, datos de infracción de sanciones administrativas.

8. Finalidad y usos del fichero: para seguridad, detección de vehículos sustraídos e infracciones de tráfico.

Descripción de la finalidad: comprobar de forma masiva que los vehículos no estén sustraídos y que cumplen la normativa reguladora del tráfico y la seguridad vial.

Tipificación de la finalidad: normativa reguladora Ley 2/1986 de FCSE y Reguladora del Tráfico y Seguridad Vial.

9. Origen y procedencia de los datos: el propio interesado, Dirección General de Tráfico, FCSE y otras Administraciones públicas.

10. Procedimiento de recogida de datos:

Procedimiento de recogida: medios autorizados de captación y reproducción de imágenes y administración pública.

Soporte utilizado: mixto.

11. Cesión o comunicación de datos: destinatarios: órganos judiciales, policiales y administrativos que la justifiquen y en general la Administración pública con competencia en la materia.

Cuarto.—Aprobar la modificación del fichero “Fichero automatizado de carácter tributario” con la siguiente descripción:

Fichero automatizado de carácter tributario

1. Responsable del fichero: Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, Concejalía de Economía y Hacienda.

2. Derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Intervención-Servicio de Rentas.

3. Nombre y descripción del fichero: Fichero automatizado de carácter tributario.

4. Sistema de tratamiento: mixto, automatizado y manual.

5. Sistema de información: Sistema de Gestión y Recaudación Municipal.

6. Nivel de medidas de seguridad: medio.

7. Tipos de datos, estructura y organización del fichero:

— Datos especialmente protegidos: datos bancarios.

— Datos de infracciones: no.

— Datos de carácter identificativos: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección y teléfono.

— Otro tipo de datos: sujetos pasivos de los tributos municipales.

8. Finalidad y usos del fichero: gestión de tributos municipales.

Descripción de la finalidad: gestionar tributos municipales.

9. Origen y procedencia de los datos:

Contribuyentes.

Otros: Dirección General de Tráfico.

Ministerio de Economía Hacienda (Agencia Tributaria).

ANCERT (Agencia Notarial de Certificación).

Registro de la Propiedad.

Otros servicios de este Ayuntamiento.

10. Procedimiento y recogida de datos: mediante declaraciones y ficheros externos, utilizando soporte mixto.

11. Cesión o comunicación de datos:

Dirección General de tráfico.

Ministerio de Economía y Hacienda (Dirección General de Catastro).

Registro de la Propiedad.

Servicios Jurídicos para la defensa ante los tribunales.

Tesorería de la Seguridad Social.

Ministerio de Interior .

Tribunales de Justicia.

Quinto.—Aprobar la modificación del fichero “Fichero automatizado de contabilidad” con la siguiente descripción:

Fichero automatizado de contabilidad.

1. Responsable del fichero: Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, Concejalía de Economía y Hacienda.

2. Derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, plaza de la Constitución, número 1, 28670 Villaviciosa de Odón (Madrid), Concejalía de Economía y Hacienda, Departamento de Intervención.

3. Nombre y descripción del fichero: Fichero de Contabilidad.

4. Sistema de tratamiento: parcialmente informatizado (mixto).

5. Sistema de información: sistema de información de contabilidad, programa Aytos Sicalwin.

6. Nivel de medidas de seguridad: básico.

7. Tipo de datos, estructura y organización del fichero: no hay datos especialmente protegidos por ser datos de carácter identificativo como DNI/NIF, nombre y apellidos, razón o denominación social, dirección, número de cuenta bancaria, y otros de carácter comercial.

8. Finalidad y usos del fichero: gestión económico financiera pública. Gestión contable, fiscal y administrativa.

9. Origen y procedencia de los datos: deudores y acreedores del Ayuntamiento.

10. Procedimiento de recogida de datos: datos suministrados por el propio interesado o por su representante legal.

11. Cesión o comunicación de datos: Hacienda Pública y Administración Tributaria, Tribunal de Cuentas y Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, Órganos Judiciales y Órganos de la Administración del Estado.

Sexto.—Someter los expedientes a trámite de información pública mediante la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento por plazo de un mes. De no presentarse en dicho plazo reclamaciones y alegaciones, quedará aprobado definitivamente.

Villaviciosa de Odón, a 6 de noviembre de 2013.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(03/36.535/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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