Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
21-11-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131121-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 6

137
Juicio verbal 886 de 2011

EDICTO

Don Santiago Barreda Lorente, secretario judicial del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Colmenar Viejo.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de juicio verbal número 886 de 2011, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a doña María Blanca Ormaechea Villanueva la sentencia dictada en fecha 20 de julio de 2012, cuyo fallo es el siguiente:

En Colmenar Viejo, a 20 de julio de 2012.—Vistos por la ilustrísima señora doña Raquel Sánchez Escobar, magistrada-juez de primera instancia del número 6 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio verbal número 886 de 2011, en virtud de demanda de “Madrileña de Suministros de Gas SUR, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora señora Sánchez Oliva, contra doña María Blanca Ormaechea Villanueva, ejercitándose la acción de reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por “Madrileña Suministro de Gas SUR, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora señora Sánchez Oliva, contra doña María Blanca Ormaechea Villanueva, debo declarar:

La obligación de la demanda de facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora.

En su defecto, y en fase de ejecución de sentencia, se señalará día y hora para que el personal de la actora proceda a la realización de las correspondientes operaciones de desmonte de contador de gas.

Condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 926,42 euros, más intereses legales desde la fecha de demanda e imponiéndole las costas del presente juicio.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En Colmenar Viejo, a 26 de julio de 2013.—El secretario (firmado).

(02/7.953/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131121-137