Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2013

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131108-43

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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ORDEN 7287/2013, de 7 de octubre, de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se desestiman diversas solicitudes presentadas a la convocatoria de ayudas a favor de municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades de teatro, danza, música y cinematografía.

Por Orden 2243/2013, de 7 de mayo, de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, se convocaron ayudas a favor de municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades de teatro, música, danza y cinematografía para el año 2013. Una vez reunida la Comisión de Valoración el día 1 de octubre de 2013 y elevada, por mediación del Director General de Artes Escénicas, Música y Audiovisual, la correspondiente Propuesta de Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Desestimar las siguientes solicitudes por las causas que se especifican:

1. Excluidas por no completar la documentación requerida:

— Hoyo de Manzanares.

— Moraleja de Enmedio.

— Serranillos del Valle.

— Villaconejos.

2. Excluidos porque su población excede del límite previsto en la convocatoria:

— Brunete.

3. El Ayuntamiento de Titulcia, desistió de su solicitud.

Segundo

La presente Orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero

Esta orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime oportuno interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 7 de octubre de 2013.—La Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, PDF (Orden 643/2013, de 6 de febrero), el Director General de Artes Escénicas, Música y Audiovisual, Amado Giménez Precioso.

(03/35.505/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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