Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
18-07-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130718-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2

112
Juicio de faltas 223 de 2012

EDICTO

Doña Marta Estebaranz Torrijos, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 223 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Leganés, a 20 de diciembre de 2012.—Visto en juicio oral y público por la ilustrísima doña Mónica Sánchez Sánchez, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Leganés (Madrid), los presentes autos del juicio de faltas número 223 de 2012, por una presunta falta de amenazas, y en los que han sido partes: como denunciante, doña Sara Luna Iglesias; como denunciado, don Juan Manuel Luna Navacerrada, así como el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción penal pública.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Juan Manuel Luna Navacerrada, como autor de una falta de amenazas, en los siguientes términos, procediéndose, una vez firme esta resolución, a su inmediata ejecución:

A la pena de cinco días de localización permanente.

A las siguientes prohibiciones, por espacio de seis meses, a saber:

Prohibición de aproximarse a la denunciante, al domicilio de esta, a su lugar de trabajo o a los lugares frecuentados por la misma, en un radio de 500 metros, debiendo abandonar automáticamente el lugar en el que se hallen en el supuesto de un encuentro ocasional o fortuito con la denunciante.

Prohibición de comunicarse directa o indirectamente con la denunciante por cualquier medio de comunicación o medio informático telemático o por contacto escrito, verbal o visual.

Al abono de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente.

Así que por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Juan Manuel Luna Navacerrada, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 18 de junio de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/21.794/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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