Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
08-04-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130408-99

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84

EDICTO

99
Procedimiento ordinario 1.454 de 2010

En los autos de procedimiento ordinario número 1.454 de 2010, sobre otras materias, se han dictado las siguientes resoluciones:

Sentencia número 266 de 2012

En Madrid, a 7 de noviembre de 2012.—Vistos por doña Raquel Blázquez Martín, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario registrados con el número 1.454 de 2010, seguidos a instancias de doña María Dolores Urquiza García, contra don Francisco Díaz-Mauriño Garrido-Lestache y don Carlos Martín Pérez, quienes han actuado con la representación y asistencia letrada que consta en el encabezamiento de esta sentencia, y contra don Enrique Arroba Luna, declarado en situación procesal de rebeldía, sobre vicios constructivos, se procede a dictar la presente resolución:

Fallo

1. Estimo sustancialmente la demanda formulada por doña María Dolores Urquiza García, contra don Enrique Arroba Luna y don Carlos Martín Pérez, a quienes condeno a abonar a la actora, de forma conjunta y solidaria, la suma de 60.681,73 euros, más los intereses correspondientes, calculados en la forma detallada en el fundamento jurídico sexto de esta resolución.

2. Absuelvo al codemandado don Francisco Díaz-Mauriño Garrido-Lestache de las pretensiones deducidas contra el.

3. Condeno a los demandados don Enrique Arroba Luna y don Carlos Martín Pérez al pago de las costas procesales.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, que se formulará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado número 2980, con los datos relativos al recurso y a la cuenta expediente, por importe de 50 euros, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como, en su caso, la autoliquidación de la tasa, lo que deberá ser acreditado a la formulación del recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Extendida y firmada esta sentencia por la magistrada-juez que la ha dictado, se notifica y archiva en la oficina judicial, dándole publicidad en la forma permitida u ordenada en la Constitución y las Leyes.—Doy fe.

Auto

En atención a lo expuesto, acuerdo: Complementar la sentencia dictada en el presente procedimiento el día 7 de noviembre de 2012, en el sentido de completar el fundamento jurídico séptimo (sobre costas) y el fallo de la resolución, en el sentido de que imponer a la parte demandante las costas causadas al codemandado absuelto don Francisco Díaz-Mauriño Garrido-Lestache, por los razonamientos expuestos en esta resolución.

Líbrese certificación de esta resolución, que quedará unida a estas actuaciones, y llévese su original al libro de resoluciones definitivas.

Modo de impugnación: contra esta resolución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio del recurso de apelación que cabe contra la sentencia, respecto del que se reanudará el plazo en su día concedido desde la notificación de esta resolución.

Así lo manda y acuerda su señoría.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación y citación a don Enrique Arroba Luna se expide la presente en Madrid, a 28 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(03/2.152/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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