Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
12-03-2013

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130312-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES PANTUEÑA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

63
Modificación artículo estatutos

Visto que con fecha 13 de febrero de 2013, la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, ha resuelto modificar la inscripción en el Registro de Entidades Locales de la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña, en lo relativo a los fines de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 30.A) de los Estatutos de la Mancomunidad, se da publicidad a la nueva redacción del artículo 4 de estos estatutos:

“Art. 4. Objeto y fines de la Mancomunidad.—1. Se establecen como fines de la Mancomunidad los siguientes:

a) La ejecución en común de los servicios sociales de atención primaria.

b) El desarrollo de acciones tendentes a la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres.

c) El desarrollo de acciones tendentes a la prevención y el tratamiento de situaciones de violencia de género.

d) Actuaciones en materia de inmigración.

e) Actuaciones en materia de formación, empleo y desarrollo local.

2. La Mancomunidad podrá asumir, en los términos que legalmente se establezcan, las competencias que le sean transferidas o delegadas por la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el título V de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de administración local de la Comunidad de Madrid, y en la Ley 3/2003, de 11 de marzo, para el desarrollo del pacto local”.

Torres de la Alameda, a 20 de febrero de 2013.—La presidenta en funciones, Mercedes Machicado de las Heras.

(03/6.555/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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