Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
14-12-2012

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121214-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

19
RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2012, del Director General de Evaluación Ambiental, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de la Orden 2488/2012, de 18 de septiembre, de rectificación de error material advertido en la Orden 1241/2010, de 27 de abril, que fue objeto de notificación en el expediente SDA.O.1760/07.

Resultando infructuosos los intentos de notificación de la Orden citada en el encabezamiento y que figura en el Anexo, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede por la presente a su publicación como Anexo.

ANEXO

Orden 2488/2012, de 18 de septiembre, de la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se rectifica el error material advertido en la Orden 1241/2010, de 27 de abril, de la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se resuelve el procedimiento sancionador SDA.O.1760/07/CA, abierto contra don Ramadan Nasawi Abdalla Moustafa

Examinadas las diligencias que se han instruido en el Área de Disciplina Ambiental de esta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en relación con el procedimiento sancionador mencionado, se constatan los siguientes:

HECHOS

Primero

Con fecha 27 de abril de 2010, la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio dictó la Orden 1241/2010, por la que se resuelve el procedimiento sancionador SDA.O.1760/07/CA, abierto contra don Ramadan Nasawi Abdalla Moustafa.

Segundo

Se ha constatado la existencia de un error material en dicha Orden, dado que en la misma se denomina incorrectamente al responsable.

A los hechos anteriormente referenciados, les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.5 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio es competente para rectificar de oficio el error detectado en la Orden 1241/2010, de 27 de abril, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, al ser la titular del órgano que dictó el acto viciado.

Segundo

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administaciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancias de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

En su virtud, se acuerdo con lo informado por la Subdirección General de Disciplina Ambiental, y a propuesta de la Dirección General de Evaluación Ambiental,

DISPONGO

Que se rectifique el error detectado en la Orden 1241/2010, de 27 de abril, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, en el siguiente sentido:

Donde dice:

“Ramadan Nabawi Abdalla Moustafa”.

Debe decir:

“Ramadan Nasawi Abdalla Moustafa”.

Lo que se hace público, a la vez que se informa a los interesados de que también se ha ordenado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Madrid, a 13 de noviembre de 2012.—El Director General de Evaluación Ambiental, Mariano González Sáez.

(03/39.219/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121214-19