Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
07-12-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121207-46

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

46
Presupuesto 2013

Habiéndose aprobado inicialmente, en sesión ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 5 de octubre de 2012, el presupuesto municipal para el ejercicio económico 2013, y habiendo sido objeto de exposición pública el citado acuerdo durante quince días hábiles desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 255, de 25 de octubre de 2012, tal y como establece el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

No habiéndose presentado reclamación alguna durante el mencionado período de exposición pública, el presupuesto municipal para el ejercicio económico 2013 se considera definitivamente aprobado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se inserta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el presupuesto general definitivamente aprobado, resumido por capítulos, así como la plantilla de personal que lo acompaña.

De acuerdo con el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva del presupuesto, podrá interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.



Asimismo, se aprobó la plantilla de personal, que se relaciona a continuación:



En Villalbilla, a 16 de noviembre de 2012.—El alcalde-presidente, Antonio Barahona Menor.

(03/38.255/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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