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    <fecha_publicacion>2012/12/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villalbilla. Régimen económico. Presupuesto 2013</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villalbilla</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 46 
 Presupuesto 2013 
 Habiéndose aprobado inicialmente, en sesión ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 5 de octubre de 2012, el presupuesto municipal para el ejercicio económico 2013, y habiendo sido objeto de exposición pública el citado acuerdo durante quince días hábiles desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 255, de 25 de octubre de 2012, tal y como establece el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
 No habiéndose presentado reclamación alguna durante el mencionado período de exposición pública, el presupuesto municipal para el ejercicio económico 2013 se considera definitivamente aprobado.
 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se inserta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID  el presupuesto general definitivamente aprobado, resumido por capítulos, así como la plantilla de personal que lo acompaña.
 De acuerdo con el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva del presupuesto, podrá interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.
  
 
  Asimismo, se aprobó la plantilla de personal, que se relaciona a continuación:
  
 
  En Villalbilla, a 16 de noviembre de 2012..El alcalde-presidente, Antonio Barahona Menor.
 (03/38.255/12)</texto>
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