Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145
Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120619-67
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de mayo de 2012, ha aprobado provisionalmente la modificación del artículo 7 de la ordenanza reguladora de la tasa por visitas a museos, exposiciones, bibliotecas, teatro, monumentos históricos o artísticos, parques zoológicos u otros centros o lugares análogos de la ciudad de Colmenar de Oreja.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones se considerará definitivamente aprobado dicho acuerdo.
En Colmenar de Oreja, a 4 de junio de 2012.—El alcalde, Francisco José García Paredes.
(03/19.861/12)