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    <departamento>COLMENAR DE OREJA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/06/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar de Oreja. Régimen económico. Modificación ordenanza tasa visitas museo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>145</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar de Oreja</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación ordenanza tasa visitas museo 
    El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de mayo de 2012, ha aprobado provisionalmente la modificación del artículo 7 de la ordenanza reguladora de la tasa por visitas a museos, exposiciones, bibliotecas, teatro, monumentos históricos o artísticos, parques zoológicos u otros centros o lugares análogos de la ciudad de Colmenar de Oreja.
    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones se considerará definitivamente aprobado dicho acuerdo.
    En Colmenar de Oreja, a 4 de junio de 2012..El alcalde, Francisco José García Paredes.
    (03/19.861/12)</texto>
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