Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120102-184

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

EDICTO

184
Ejecución 72 de 2010

Doña Vicenta García Saavedra Bastazo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 72 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Epifanía Saldaña Sánchez, contra la empresa “Facility Services, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y tasación de costas practicada por importe de 216,15 euros, a cuyo pago resulta condenada “Facility Services, Sociedad Anónima”, en las presentes actuaciones.

Constando consignada en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado la cantidad de 1.737,52 euros, se acuerda una vez firme la presente resolución poner a disposición las cantidades resultantes, librándose los correspondientes mandamientos de devolución a favor de los interesados por las siguientes cantidades:

A favor de la parte ejecutante doña Epifanía Saldaña Sánchez, por la cantidad de 20,68 euros en concepto de intereses.

A favor de la letrada de la parte ejecutante doña Carolina Vidal López, por la cantidad de 195,47 euros en concepto de honorarios.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 4321/0000/64/0072/10 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Facility Services, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 17 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.459/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120102-184