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    <titulo>Toledo número 2. Ejecución 72 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2
    EDICTO
 

184 

Ejecución 72 de 2010 
    Doña Vicenta García Saavedra Bastazo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 72 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Epifanía Saldaña Sánchez, contra la empresa “Facility Services, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Parte dispositiva:
    Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y tasación de costas practicada por importe de 216,15 euros, a cuyo pago resulta condenada “Facility Services, Sociedad Anónima”, en las presentes actuaciones.
    Constando consignada en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado la cantidad de 1.737,52 euros, se acuerda una vez firme la presente resolución poner a disposición las cantidades resultantes, librándose los correspondientes mandamientos de devolución a favor de los interesados por las siguientes cantidades:
    A favor de la parte ejecutante doña Epifanía Saldaña Sánchez, por la cantidad de 20,68 euros en concepto de intereses.
    A favor de la letrada de la parte ejecutante doña Carolina Vidal López, por la cantidad de 195,47 euros en concepto de honorarios.
    Notifíquese a las partes.
    Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 4321/0000/64/0072/10 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Facility Services, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Toledo, a 17 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/42.459/11)</texto>
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