Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
05-07-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110705-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

77
Procedimiento ordinario 2.049 de 2010

En el presente procedimiento ordinario número 2.049 de 2010, seguido a instancias de doña Enedina San Miguel Zarzuela y don José Miguel Ortigala Rico, frente a “Gomver Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 19 de mayo de 2011.—Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de esta ciudad, vistos los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad tramitados con el número 2.049 de 2010 y seguidos a instancias de doña Enedina San Miguel Zarzuela y don José Miguel Ortigala Rico, contra “Gomver Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, declarada en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Estimo la demanda formulada por la procuradora doña Carmen Palomares Quesada, en nombre y representación de doña Enedina San Miguel Zarzuela y don José Miguel Ortigala Rico, contra “Gomver Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, declaro haber lugar parcialmente a la misma y, en su virtud, condeno a la demandada a pagar a los actores la cantidad de 4.863,48 euros, con más sus intereses legales devengados desde la interposición de la demanda y expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, el cual deberá prepararse ante este Juzgado en el término de cinco días, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicha demandada “Gomver Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Madrid, a 13 de junio de 2011.—El secretario (firmado).

(02/5.875/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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