Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110216-130

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

130
Demanda 193 de 2010

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 193 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Caruncho Cieza, contra la empresa “Grupo de Empresas Agrarias”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 456 de 2010

En Madrid, a 23 de septiembre de 2010.—Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido en reclamación de cantidad, a instancias de doña María Caruncho Cieza, frente a “Grupo de Empresas Agrarias” (GEA), don Rafael Escanero Arruego, “GEA Madrid”, y el Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Que estimando en parte las pretensiones de la demanda, y sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pueda derivarse hacia el Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites establecidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, condeno a la empresa “Grupo de Empresas Agrarias” (GEA) a abonar a doña María Caruncho Cieza la cantidad de 3.000,95 euros, más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores que devengue la parte del principal correspondiente a 1.483,87 euros, excluidos, por tanto, a efectos de este interés especial los importes de la compensación por vacaciones no disfrutadas (419,55 euros) y del complemento de incapacidad temporal (1.097,53 euros); sin perjuicio de la aplicación del interés previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el importe íntegro del principal.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo de Empresas Agrarias”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.001/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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