Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101228-10

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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DECRETO 88/2010, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se fija el calendario para el año 2011 de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos en la Comunidad de Madrid.

El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, determina que las Administraciones de las Comunidades Autónomas fijarán en su respectivo ámbito el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial y comprendiendo los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondiente a su ámbito territorial.

En consecuencia, a propuesta del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 23 de diciembre de 2010,

DISPONGO

Artículo único

El calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, que regirá durante el año 2011 en la Comunidad de Madrid, se fija en los siguientes términos:

a) Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, además de los domingos, las fiestas laborales en esta Comunidad Autónoma que figuran en la Resolución de 7 de octubre de 2010, de la Dirección General de Trabajo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2011 (“Boletín Oficial del Estado” de 15 de octubre de 2010), y que a continuación se relacionan:

— 1 de enero, Año Nuevo.

— 6 de enero, Epifanía del Señor.

— 21 de abril, Jueves Santo.

— 22 de abril, Viernes Santo.

— 2 de mayo, Fiesta de la Comunidad de Madrid.

— 23 de junio, Fiesta del Corpus Christi.

— 25 de julio, Santiago Apóstol.

— 15 de agosto, Asunción de la Virgen.

— 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

— 1 de noviembre, Todos los Santos.

— 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

— 8 de diciembre, La Inmaculada Concepción.

b) Además, serán inhábiles en cada municipio de la Comunidad de Madrid los días de sus respectivas fiestas locales que figuran en la relación aprobada por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración de la Comunidad de Madrid, mediante Resolución de fecha 30 de noviembre de 2010 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de diciembre de 2010).

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo publicarse también en el “Boletín Oficial del Estado”.

Dado en Madrid, a 23 de diciembre de 2010.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte, La Presidenta, y Portavoz del Gobierno, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/48.280/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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