Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
07-12-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101207-71

Páginas: 35


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

71
Notificación procedimientos tributarios

Habiéndose iniciado el procedimiento ejecutivo de recaudación de los recibos y/o liquidaciones pendientes de cobro a continuación detallados sin que haya sido posible efectuar la notificación de la providencia de apremio a los interesados o a sus representantes, mediante el presente anuncio, y conforme a lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, General Tributaria, se cita a los contribuyentes relacionados a continuación para que comparezcan, por sí o por medio de representante, en la Oficina de Gestión y Recaudación Ejecutiva del Ayuntamiento de Arganda del Rey a fin de que les sean notificadas las actuaciones llevadas a cabo en los procedimientos tributarios que les afectan y que a continuación se detallan:

Acto que se pretende notificar

Providencia de apremio: en el uso de las facultades que confiere el artículo 5.3.c) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, en relación con el artículo 167 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se procede a liquidar los recargos establecidos en el artículo 28 de dicha Ley. El recargo de apremio reducido del 10 por 100 si se satisface la totalidad de la deuda y el propio recargo dentro de los plazos previstos en el artículo 62.5 de la Ley General Tributaria, y el recargo de apremio ordinario del 20 por 100 cuando se satisfaga la deuda y el recargo fuera de dichos plazos. Se advierte al obligado tributario de que, de no efectuar el pago, se procederá contra sus bienes y derechos y al embargo de los mismos.

Contra la providencia de apremio, y solamente por los motivos recogidos en el artículo 167.3 de la Ley General Tributaria, podrá interponer recurso de reposición ante el tesorero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso que estime conveniente.

La interposición de cualquier recurso no paraliza la tramitación del procedimiento, que solo podrá suspenderse en los casos y condiciones previstos en el artículo 165 de la Ley General Tributaria.

Lugar y plazo para comparecer

Lugar: planta primera del Ayuntamiento de Arganda del Rey (Recaudación Ejecutiva), plaza de la Constitución, sin número.

Plazo: quince días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, se les tendrá por notificados en sucesivas actuaciones y diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento.

Horario: lunes, miércoles y viernes, de nueve a catorce horas.

BI: Tasa basura industrial.

EV: Tasa entrada vehículos.

MUL: Multas.

IIVT: Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

IBIU: Impuesto sobre bienes inmuebles.

IAE: Impuesto sobre actividades económicas.

CEM: Tasa Centro Educativo Municipal.

ICI/ICIO: Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

LAP: Tasa sobre licencias de apertura de establecimientos.

TLU: Tasa sobre licencias urbanísticas.

IVTM: Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

OVP: Tasa ocupación vía pública.

Q.HEL: Tasa ocupación vía pública con quioscos de helados.

OME: Tasa ocupación vía pública con puestos (mercadillo).

GEN: Genéricos.

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Arganda del Rey, a 27 de octubre de 2010.—El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva Municipal, Enrique Chicote Serna.

(02/10.746/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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