Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
24-08-2010

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100824-66

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

OFERTAS DE EMPLEO

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Bases específicas de convocatoria una plaza policía del cuerpo de policía local

Bases específicas de convocatoria para proveer una plaza de la categoría de policía del cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Navacerrada, mediante acceso libre.

Características de las plazas objeto de la convocatoria:

Número de plazas: una.

Categoría: Policía, subgrupo C2.

Nivel de complemento de destino: 14.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Policía Local.

Incluida en la plantilla y vinculada a la Oferta de Empleo Público para el año 2010.

Bases que regirán el procedimiento

El procedimiento selectivo constará de las siguientes fases, sucesivas y eliminatorias: oposición libre, curso selectivo de formación en la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid y período de prácticas en el municipio de Navacerrada, y se regirá por las bases establecidas en la orden 1.148 de 1987, de 24 de septiembre, del consejero de Presidencia, por la que se aprueban las bases generales para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, a través de la categoría de policía, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 251, del 22 de octubre de 1997, con la excepción de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” a que se alude en las bases decimosexta, decimoséptima, decimoctava y decimonovena, que quedará referida al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como las referencias efectuadas a la Academia Regional de Estudios de Seguridad, que deberán entenderse realizadas a la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

En relación al cumplimiento del requisito del proceso selectivo referido a la experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas, se señala que la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid tiene prevista la impartición del curso teórico-práctico sustitutivo de dicha experiencia, al que se refiere el Real Decreto 1.598 de 2004, de 2 de julio, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, que establece la posibilidad de sustitución de la experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas por un curso específico teórico y práctico impartido por una Escuela Oficial de la Policía que cuente con autorización de la Dirección General de Tráfico.

Presentación de instancias

Veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el que deberá constar fecha y número del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se publiquen las bases específicas de la convocatoria.

Tribunal calificador

El tribunal calificador de las pruebas selectivas tendrá la siguiente composición:

Presidente: un funcionario del Ayuntamiento de Navacerrada.

Secretaria: la de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

— Un funcionario de carrera de la Comunidad de Madrid designado por la Comunidad de Madrid.

— Tres funcionarios del Ayuntamiento de Navacerrada.

Todos ellos actuarán con voz y voto.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El tribunal se clasificará en la tercera categoría, conforme a lo preceptuado en el artículo 30.1 del Real Decreto 462 de 2002, de 24 de mayo, de Indemnizaciones por Razón del Servicio.

Orden de actuación de los aspirantes

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “J”, resultante del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para el año 2010 a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364 de 1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Orden de realización de las pruebas

Las pruebas selectivas que componen la fase de oposición (base octava de la orden 1148/1997) se desarrollarán por el siguiente orden cronológico: primero, pruebas psicotécnicas; segundo, pruebas físicas; tercero, reconocimiento médico, y cuarto, prueba de conocimientos.

Navacerrada, a 5 de agosto de 2010.—El alcalde (firmado).

(03/32.591/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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