Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
15-03-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100315-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Pleno del Ayuntamiento

Secretaría General

64
Modificación Ordenanza Subvenciones

Acuerdo del Pleno, de 25 de febrero de 2010, por el que se aprueba la modificación de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo.

Aprobar la modificación de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana en los términos que a continuación se indican:

— Artículo 13.2.f):

“Un/una técnico/a de cada grupo político municipal o un/una funcionario/a municipal designado/a por cada uno de los grupos políticos con representación en el Pleno. En el caso de que el/la designado/a sea un/una funcionario/a municipal, deberá contar con la autorización del órgano directivo del que dependa.”

— Artículo 13.3.d):

“Un/una técnico/a de cada grupo político municipal o un/una funcionario/a municipal designado/a por cada uno de los grupos políticos con representación en el Pleno. En el caso de que el/ella designado/a a sea un/una funcionario/a municipal, deberá contar con la autorización del órgano directivo del que dependa.”

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3.e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio , de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

En Madrid, a 25 de febrero de 2010.—El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/8.491/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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