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    <fecha_publicacion>2010/03/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Organización y funcionamiento. Pleno del Ayuntamiento. Modificación Ordenanza Subvenciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>62</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Pleno del Ayuntamiento - Secretaría General</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 Pleno del Ayuntamiento
 Secretaría General
 
 64 
 Modificación Ordenanza Subvenciones 
  Acuerdo del Pleno, de 25 de febrero de 2010, por el que se aprueba la modificación de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana.
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo.
  Aprobar la modificación de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana en los términos que a continuación se indican:
  .	Artículo 13.2.f):
  	“Un/una técnico/a de cada grupo político municipal o un/una funcionario/a municipal designado/a por cada uno de los grupos políticos con representación en el Pleno. En el caso de que el/la designado/a sea un/una funcionario/a municipal, deberá contar con la autorización del órgano directivo del que dependa.”
  .	Artículo 13.3.d):
  	“Un/una técnico/a de cada grupo político municipal o un/una funcionario/a municipal designado/a por cada uno de los grupos políticos con representación en el Pleno. En el caso de que el/ella designado/a a sea un/una funcionario/a municipal, deberá contar con la autorización del órgano directivo del que dependa.”
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3.e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio , de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana.
  Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
  En Madrid, a 25 de febrero de 2010..El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (03/8.491/10)</texto>
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