Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-06-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090608-0022

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Coordinación Institucional

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno

Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 28 de mayo de 2009, por el que se aprueba la creación y supresión de ficheros de datos de carácter personal en el Área de Gobierno de Economía y Empleo:

El presente Acuerdo tiene por objeto aprobar la creación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal en el Área de Gobierno de Economía y Empleo, una vez aprobado con fecha 26 de febrero de 2009 el proyecto, sometido a un período de información pública y evacuado el informe preceptivo de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

La creación, modificación o supresión de ficheros se regula en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, desarrollada por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, aplicable directamente al Ayuntamiento de Madrid, y desarrollada mediante el Decreto 99/2002, de 13 de junio.

La mencionada Ley Orgánica establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger el derecho fundamental a la autodeterminación informativa o derecho a la autodisposición de las informaciones personales. Este derecho se garantiza imponiendo unas obligaciones a las organizaciones que manejan datos de carácter personal, y concretamente a las Administraciones Públicas.

La primera de estas obligaciones es la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal y su inscripción, en el caso de la Administración Pública, en el Registro de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, a la que se unen las de tratar y recoger adecuadamente los datos, facilitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como aprobar e implantar las medidas de seguridad necesarias y el documento de seguridad correspondiente.

El artículo 17.1.l) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, atribuye a la Junta de Gobierno la competencia para la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal.

A propuesta del delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 28 de mayo de 2009,

ACUERDA

Primero.—1.  Aprobar la creación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal en el Área de Gobierno de Economía y Empleo, que se insertan a continuación en los anexos I y II del presente Acuerdo y cuyas denominaciones son las siguientes:

Ficheros que se crean: EXPEDIENTES DE ARBITRAJE DE CONSUMO; INSPECCIONES DE CONSUMO; INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMIC).

Ficheros que se suprimen: SCOM-RECLAMANTES Y RECLAMADOS; SCLS-SUSCRIPTORES; SCJA-RECLAMANTES Y RECLAMADOS; SCJA-VOCALES DE ASOCIACIONES.

2.  Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante los órganos responsables de los ficheros que se indican para cada uno de ellos en el anexo I.

3.  Los ficheros, que se crean por el presente Acuerdo, cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Segundo.—Lo dispuesto en el presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

ANEXO I

EXPEDIENTE 145/2008/05094

Declaraciones de creación de nuevo fichero

La información recogida en este anexo se encuentra clasificada por declaraciones de creación de fichero, de acuerdo con el artículo 6 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, regulador del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como de su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Las disposiciones de carácter general de creación de ficheros deberán indicar, en todo caso, para cada uno de ellos, los siguientes apartados:

1.  El órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero.

2.  El órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (este apartado se cumplimentará solo en el caso de que sea diferente al responsable del fichero).

3.  El nombre y la descripción del fichero que se crea.

4.  El carácter informatizado o manual estructurado del fichero.

5.  El sistema de información al que pertenezca el fichero (si se trata de un fichero informatizado).

6.  Las medidas de seguridad que se apliquen. Si el fichero es informatizado habrá que indicar si las medidas de seguridad son de nivel básico, medio o alto.

7.  Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo.

8.  La descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo.

9.  Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos.

10.  La procedencia o el procedimiento de recogida de los datos.

11.  Los órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales.”

Cada declaración de creación de nuevo fichero se identifica por un número de expediente y su orden dentro del mismo.

Instituto Municipal de Consumo.

Referencia del servicio: 145/2008/05094.

Datos del fichero propuesto:

Nombre: EXPEDIENTES DE ARBITRAJE DE CONSUMO.

Número de orden: 1-C.

1.  Órgano responsable del fichero: ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA Y EMPLEO. INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO.

2.  Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO. GRAN VÍA, 24, 28013 MADRID.

3.  Nombre y descripción del fichero: EXPEDIENTES DE ARBITRAJE DE CONSUMO. DATOS DE RECLAMANTES Y RECLAMADOS PARA LA TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES DE ARBITRAJE DE CONSUMO.

4.  Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: MIXTO.

5.  Sistema de información al que pertenezca el fichero: SISTEMA DE ARBITRAJE DE CONSUMO.

6.  Nivel de medidas de seguridad aplicadas: BÁSICO.

7.  Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF-NOMBRE Y APELLIDOS-DIRECCIÓN (POSTAL, ELECTRÓNICA)-TELÉFONO-FIRMA/HUELLA.

Datos de transacciones: BIENES Y SERVICIOS SUMINISTRADOS POR EL AFECTADO-BIENES Y SERVICIOS RECIBIDOS POR EL AFECTADO-COMPENSACIONES/INDEMNIZACIONES.

8.  Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: MEDIACIÓN EN LA RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS, MEDIANTE ARBITRAJE, EN MATERIA DE CONSUMO.

9.  Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: DATOS DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y CONSUMIDORES, TANTO RECLAMANTES COMO RECLAMADOS, Y VOCALES ÁRBITROS DE LOS COLEGIOS ARBITRALES.

10.  Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

Origen: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL-ENTIDAD PRIVADA-ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Procedimiento de recogida: FORMULARIOS O CUPONES-TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS/INTERNET.

Soporte utilizado para la obtención: SOPORTE PAPEL-SOPORTE INFORMÁTICO/MAGNÉTICO-VÍA TELEMÁTICA.

11.  Cesiones: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA COMUNIDAD DE MADRID; OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE ARBITRAJE DE CONSUMO.

Instituto Municipal de Consumo.

Referencia del servicio: 145/2008/05094.

Datos del fichero propuesto:

Nombre: INSPECCIONES DE CONSUMO.

Número de orden: 2-C.

1.  Órgano responsable del fichero: ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA Y EMPLEO. INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO.

2.  Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO. GRAN VÍA, 24. 28013 MADRID.

3.  Nombre y descripción del fichero: INSPECCIONES DE CONSUMO. EXPEDIENTES DE INSPECCIÓN DE CONSUMO ORIGINADOS POR RECLAMACIONES DE PARTICULARES O ACTUACIONES DE OFICIO.

4.  Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: MIXTO.

5.  Sistema de información al que pertenezca el fichero: SISTEMA DE EXPEDIENTES DE INSPECCIÓN DE CONSUMO.

6.  Nivel de medidas de seguridad aplicadas: MEDIO.

7.  Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo:

Datos relativos a la comisión de infracciones: INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS-(LEY 11/1998, LEY DE PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS COMUNIDAD MADRID).

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF-NOMBRE Y APELLIDOS-DIRECCIÓN (POSTAL, ELECTRÓNICA)-TELÉFONO-FIRMA/HUELLA-NÚMERO DE FAX.

Datos de información comercial: ACTIVIDADES Y NEGOCIOS-LICENCIAS COMERCIALES.

Datos de transacciones: BIENES Y SERVICIOS SUMINISTRADOS POR EL AFECTADO-BIENES Y SERVICIOS RECIBIDOS POR EL AFECTADO.

8.  Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR MEDIANTE INSPECCIONES PARA LA VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EN MATERIA DE CONSUMO.

9.  Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: DATOS DE DENUNCIANTES O SUS REPRESENTANTES EN MATERIA DE CONSUMO Y DENUNCIADOS O SUS REPRESENTANTES SOMETIDOS A INSPECCIÓN.

10.  Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

Origen: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL-OTRAS PERSONAS FÍSICAS DISTINTAS DEL AFECTADO O SU REPRESENTANTE-FUENTES ACCESIBLES AL PÚBLICO-GUÍAS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES-LISTAS DE PERSONAS PERTENECIENTES A GRUPOS PROFESIONALES-DIARIOS Y BOLETINES OFICIALES-MEDIOS DE COMUNICACIÓN-ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Procedimiento de recogida: FORMULARIOS O CUPONES-TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS/INTERNET.

Soporte utilizado para la obtención: SOPORTE PAPEL-SOPORTE INFORMÁTICO/MAGNÉTICO-VÍA TELEMÁTICA.

11.  Cesiones: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA COMUNIDAD DE MADRID; OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE ARBITRAJE DE CONSUMO.

Instituto Municipal de Consumo.

Referencia del servicio: 145/2008/05094.

Datos del fichero propuesto:

Nombre: INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMIC).

Número de orden: 3-C.

1.  Órgano responsable del fichero: ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA Y EMPLEO. INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO.

2.  Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO. GRAN VÍA, 24, 28013 MADRID.

3.  Nombre y descripción del fichero: INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMIC). INFORMACIÓN SOBRE CONSUMO Y TRAMITACIÓN DE LAS RECLAMACIONES QUE SE PRESENTAN.

4.  Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: MIXTO.

5.  Sistema de información al que pertenezca el fichero: SISTEMA DE GESTIÓN DE EXPEDIENTES DE LA OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMIC).

6.  Nivel de medidas de seguridad aplicadas: BÁSICO.

7.  Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF-NOMBRE Y APELLIDOS-DIRECCIÓN (POSTAL, ELECTRÓNICA)-TELÉFONO-FIRMA/HUELLA.

8.  Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: INFORMACIÓN Y ASISTENCIA AL CONSUMIDOR EN SUS RECLAMACIONES EN MATERIA DE CONSUMO.

9.  Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: DATOS DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y CONSUMIDORES RELACIONADOS CON LAS RECLAMACIONES E INFORMACIÓN EN MATERIA DE CONSUMO.

10.  Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

Origen: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL-OTRAS PERSONAS FÍSICAS DISTINTAS DEL AFECTADO O SU REPRESENTANTE.

Procedimiento de recogida: FORMULARIOS O CUPONES-TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS/INTERNET.

Soporte utilizado para la obtención: SOPORTE PAPEL-SOPORTE INFORMÁTICO/MAGNÉTICO-VÍA TELEMÁTICA.

11.  Cesiones: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA COMUNIDAD DE MADRID; OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE ARBITRAJE DE CONSUMO.

ANEXO II

EXPEDIENTE 145/2008/05094

Declaraciones de supresión de fichero

La información recogida en este anexo se encuentra clasificada por declaraciones de supresión de fichero, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, regulador del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como de su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Para cada uno de los ficheros que se supriman, el proyecto de disposición de carácter general deberá contener:

1.  El nombre del fichero que se suprime y el número de registro con el que figura inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

2.  El motivo por el que se suprime el fichero y el destino de los datos contenidos en el mismo.

3.  Si se va a destruir el fichero, las previsiones que se adopten para su destrucción.”

Cada declaración de supresión de fichero se identifica en la cabecera por un número de expediente y su orden dentro del mismo. El fichero a suprimir se identifica por un número único dentro de todos los ficheros declarados del Ayuntamiento de Madrid, el nombre actual del fichero y su código de inscripción en la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Instituto Municipal de Consumo.

Referencia del servicio:145/2008/05094.

Datos actuales del fichero:

Número: 0045.

Nombre: SCOM-RECLAMANTES Y RECLAMADOS.

Inscripción APDCM: 2013410039.

Número de orden: 1-S.

Motivos de la supresión: ESTE FICHERO SE INTEGRA EN EL DENOMINADO “INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMIC)” QUE SE CREA POR EL PRESENTE ACUERDO.

Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: LAS PREVISTAS EN LA LEY ORGÁNICA 15/1999, DE 13 DE DICIEMBRE, Y EN EL REAL DECRETO 1720/2007, DE 21 DE DICIEMBRE.

Instituto Municipal de Consumo.

Referencia del servicio:145/2008/05094.

Datos actuales del fichero:

Número: 0090.

Nombre: SCLS–SUSCRIPTORES.

Inscripción APDCM: 2013410061.

Número de orden: 2-S.

Motivos de la supresión: EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS HA DEJADO DE SER NECESARIO Y YA NO SE REALIZA.

Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: LAS PREVISTAS EN LA LEY ORGÁNICA 15/1999, DE 13 DE DICIEMBRE, Y EN EL REAL DECRETO 1720/2007, DE 21 DE DICIEMBRE.

Instituto Municipal de Consumo.

Referencia del servicio: 145/2008/05094.

Datos actuales del fichero:

Número: 0060.

Nombre: SCJA-RECLAMANTES Y RECLAMADOS.

Inscripción APDCM: 2013410027.

Número de orden: 3-S.

Motivos de la supresión: ESTE FICHERO SE INTEGRA EN EL DENOMINADO “EXPEDIENTES DE ARBITRAJE DE CONSUMO”, QUE SE CREA POR EL PRESENTE ACUERDO.

Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: LAS PREVISTAS EN LA LEY ORGÁNICA 15/1999, DE 13 DE DICIEMBRE, Y EN EL REAL DECRETO 1720/2007, DE 21 DE DICIEMBRE.

Instituto Municipal de Consumo.

Referencia del Servicio:145/2008/05094.

Datos actuales del fichero:

Número: 0035.

Nombre: SCJA-VOCALES DE ASOCIACIONES.

Inscripción APDCM: 2013410038.

Número de orden: 4-S.

Motivos de la supresión: ESTE FICHERO SE INTEGRA EN EL DENOMINADO “EXPEDIENTES DE ARBITRAJE DE CONSUMO”, QUE SE CREA POR EL PRESENTE ACUERDO.

Destino de la información o previsiones adoptadas para su destrucción: LAS PREVISTAS EN LA LEY ORGÁNICA 15/1999, DE 13 DE DICIEMBRE, Y EN EL REAL DECRETO 1720/2007, DE 21 DE DICIEMBRE.

Madrid, a 28 de mayo de 2009.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado.

(03/17.711/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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