Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
17-01-2022

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220117-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 29 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara un gasto de tramitación anticipada por importe de 2.070.000 euros para financiar la concesión directa de subvenciones para compensar, durante el año 2022, a las empresas por los gastos derivados de la realización de prácticas no laborales en sus centros de trabajo de los participantes en el itinerario específico de formación con prácticas asociadas, cofinanciado por el Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunidad de Madrid para la mejora de la empleabilidad.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c), que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

En base a la norma citada, la Orden de 3 de mayo de 2019, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las disposiciones generales reguladoras de la concesión de subvenciones para financiar las actuaciones del itinerario específico de formación con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigido a personas desempleadas, cofinanciado por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, para la mejora de la empleabilidad, estableció el procedimiento de concesión directa de subvenciones para compensar a las empresas por los gastos derivados de la acogida de personas en prácticas en sus centros de trabajo.

De otro lado, la Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Directora General de Formación, modificando el plazo de finalización de la actividad formativa y práctica asociada del itinerario específico, ampliándolo hasta el 31 de diciembre de 2021, hace que tanto las concesiones, como las liquidaciones, deban extenderse más allá del plazo del plazo de 15 de septiembre al que se refiere la Orden de 31 de agosto de 2020, para la ejecución del programa, así como el acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de junio de 2021, por el que se autoriza un gasto de 2.700.000 euros, para la concesión directa, durante el año 2021, de subvenciones para compensar a las empresas por los gastos derivados de la realización de prácticas no laborales en sus centros de trabajo de los participantes en el itinerario específico de formación con prácticas asociadas, cofinanciado por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunidad de Madrid. Posteriormente, debido a la situación de la pandemia de 2020 que se extendió a 2021, vino a dificultar tanto la captación de los alumnos y la realización de su formación y las prácticas asociadas, por lo que, a fin de favorecer el alcance de este programa al mayor número de destinatarios de la formación, se amplió mediante las correspondientes resoluciones de la Directora General de Formación la fecha de finalización de aquellas entidades que lo solicitaron, hasta fecha 15 de febrero de 2022, siempre y cuando hubiesen notificado el inicio de las acciones formativas antes del día 1 de octubre de 2021.

Las fechas de realización de la actividad que actualmente se plantean ha hecho imposible el cumplimiento de la actividad en el año 2021 y, por lo tanto, el compromiso de gasto y la ejecución de los pagos correspondientes de buena parte de la actividad.

El importe que recoge la presente Orden no se suma al actualmente declarado disponible de 2.700.000 euros (ya que el crédito del que no se haya dispuesto quedará anulado a 31 de diciembre de 2021).

En todo caso, en la Orden de convocatoria de 31 de agosto de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 217, de 7 de septiembre) y en la Orden de bases reguladoras de 3 de mayo de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 122, de 24 de mayo) se determinan y concretan los importes máximos a conceder.

A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,

RESUELVO

Primero

El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2022, del itinerario específico de formación con prácticas profesionales asociadas es de 2.070.000 de euros y se destinará a financiar las subvenciones para compensar a las empresas por los gastos ocasionados como consecuencia de la acogida de personas en prácticas en sus centros de trabajo. La financiación quedará, en todo caso, supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente, así como al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Segundo

Las obligaciones interesan al subconcepto 49103 “Formación de trabajadores desempleados” del Programa 241A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, aprobados por Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, prorrogada mediante Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2022.

Tercero

El crédito presupuestario de 2.070.000 euros para financiar la actividad procede de la cofinanciación al 50 por 100 por el Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, encuadrándose en el Eje 1, Objetivo temático 8, Prioridad de Inversión 8.1, y Objetivo específico 8.1.2 del citado Programa Operativo. El gasto queda supeditado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2022, así como al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Madrid, a 29 de diciembre de 2021.

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/247/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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