Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
21-12-2021

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211221-93

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

93
San Fernando de Henares. Organización y funcionamiento. Ordenanzas fiscales

D. Alberto Hontecillas Villar, concejal-delegado de Hacienda del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid).

El Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 16 de diciembre de 2021, adoptó, entre otros, acuerdo de aprobación provisional de las modificaciones a las siguientes ordenanzas fiscales para el ejercicio 2022, con dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Especial de Cuentas:

— Aprobación provisional de la propuesta de modificación de la ordenanza número 4. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de cementerio municipal y servicios funerarios.

— Aprobación provisional de la propuesta de modificación de la ordenanza número 12. Ordenanza fiscal para la exacción de la tasa por la prestación de servicios, realización de actividades y utilización de las distintas dependencias e instalaciones deportivas gestionadas por el patronato deportivo municipal.

Dichos acuerdos provisionales, permanecerán expuestos al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, durante el plazo de treinta días, desde su aprobación, dentro de los cuales, se podrán presentar las reclamaciones que se consideren oportunas.

En el supuesto de no presentarse reclamación alguna, se considerarán definitivamente aprobadas, a tenor de lo previsto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, entrando en vigor a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

San Fernando de Henares, a 17 de diciembre de 2021.—El concejal-delegado de Hacienda, Alberto Hontecillas Villar.

(03/34.455/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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