Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
21-12-2021

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211221-34

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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EXTRACTO del Acuerdo de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá de 29 de noviembre de 2021, por el que se convocan las Ayudas de Movilidad de Personal Docente y Personal Investigador para el año 2022.

BDNS: 599497

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

Podrán solicitar estas ayudas los Profesores o Investigadores de la Universidad de Alcalá con dedicación a tiempo completo, excepto lo recogido en el punto 2.3 de la convocatoria.

El personal docente e investigador deberá estar en activo durante el desarrollo de la estancia.

En el caso del personal investigador contratado para la realización de un proyecto de investigación es necesario que haya disfrutado de al menos 12 meses de contrato en la UAH a fecha de cierre de la convocatoria en los dos últimos años, y con una dedicación a la UAH durante todo este tiempo de al menos el 50 por 100.

Personal investigador contratado con cargo a las ayudas del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI) en la categoría de Ayudante de Investigación e Investigador Posdoctoral.

Segundo

Objeto

Potenciar la movilidad de nuestros investigadores, incentivando estancias en otros centros de reconocido prestigio, preferentemente dentro del Espacio Europeo de Investigación, para fomentar el intercambio de ideas y conocimientos y establecer contactos que deriven en el desarrollo de proyectos de investigación conjuntos que puedan ser financiables por la Unión Europea.

Tercero

Bases reguladoras

Bases Reguladoras Marco de la concesión de Becas y Ayudas a la Investigación por la UAH, aprobado por resolución del Consejo de Gobierno, de 22 de junio de 2017 (https://www.uah.es/export/sites/uah/es/investigacion/.galleries/Investig... )

Cuarto

Cuantía

El importe de la ayuda para la estancia será de hasta 20 euros/día para estancias en centros españoles y de hasta 40 euros/día para estancias en centros extranjeros.

El importe de la ayuda de viaje será de hasta de 90 euros para centros peninsulares y de 125 euros centros insulares, de hasta 300 euros para países del espacio europeo y de hasta 800 euros al resto del mundo.

El importe total de esta convocatoria, junto con los importes totales de las convocatorias de Ayudas de Movilidad de Personal Investigador en Formación 2022, y Ayudas para Estancias de Científico y Tecnólogos Extranjeros en la Universidad de Alcalá 2022, es de 180.000 euros.

Esta convocatoria se financia con cargo a la aplicación presupuestaria 30400M000.541.A645.07.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde la fecha de publicación de la convocatoria hasta el 31 de enero de 2022, ambos incluidos.

Las solicitudes se presentarán a través de la opción “Convocatorias” disponible en el Portal del Personal Investigador.

Sexto

Otros datos

Las estancias susceptibles de ayuda tendrán una duración máxima de dos meses, debiendo haberse iniciado después del día 1 de enero de 2022 y antes del día 31 de diciembre de 2022.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán estudiadas y evaluadas por la Comisión de Investigación, que resolverá según los siguientes criterios:

a) Que dentro de los objetivos de la estancia esté la toma de contacto con el grupo investigador de acogida para la puesta en marcha o desarrollo de un proyecto de investigación.

b) La relevancia del centro de acogida (se valorará el historial científico del grupo investigador de acogida).

Tendrán prioridad en la concesión de las ayudas:

— Los solicitantes que, siendo Profesores o Personal Investigador con vinculación no permanente, vayan a desarrollar una investigación vinculada a su tesis doctoral durante la estancia. En este caso, si solicitan estancias en España deberán tener un centro de acogida que implique un cambio de residencia respecto al domicilio habitual y que estén situados en un lugar diferente al de la residencia familiar y al del centro de formación académico donde esté realizando la tesis.

— Los solicitantes que hayan participado en convocatorias de instituciones externas (movilidad Ministerio o similares) y no se les haya concedido ayuda.

Alcalá de Henares, a 29 de noviembre de 2021.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia de la Universidad de Alcalá, F. Javier de la Mata de la Mata.

(03/34.044/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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