Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
19-11-2021

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211119-20

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

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CONVENIO de 5 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación del Toro de Lidia para la ejecución del Campeonato de Recortadores de la Comunidad de Madrid 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Enrique López López, Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, nombrado para dicho cargo por Decreto 43/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 4.3 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 3.2 a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y, de otra parte, don Victorino Martín García y don Fernando Gomá Lanzón, en nombre y representación de la Fundación del Toro de Lidia, con domicilio en Moreto 7, 1.o izquierda de Madrid, CIF G-87335949, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Justicia con el número 1.772, con los poderes y capacidad jurídica para firmar convenios conferidos en la reunión del patronato de la entidad de fecha 12 de noviembre de 2020, elevados a público en la escritura otorgada ante el notario de Madrid, don Javier Lucas y Cadenas, el 1 de diciembre de 2020, con el número 6.145 de orden de su protocolo.

Las partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente la necesaria capacidad jurídica y de obrar para formalizar válidamente este documento y a tal efecto,

EXPONEN

I. La Tauromaquia forma parte del patrimonio histórico y cultural común de todos los españoles, tal y como establece la Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural, especialmente en la Villa de Madrid, en cuanto actividad enraizada en nuestra historia y en nuestro acervo cultural común, como así lo demuestran los antecedentes de la Feria de San Isidro, todo ello plasmado en la declaración como hecho cultural (BIC), en virtud del Decreto 20/2011, de 7 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de Hecho Cultural, la Fiesta de los Toros en la Comunidad de Madrid. Las fiestas o espectáculos taurinos, incluyen no sólo a las corridas de toros sino un numeroso conjunto de tradiciones y festejos populares vinculados al mundo del toro, que a su vez comprenden lo que hoy entendemos por “Tauromaquia”.

II. La Comunidad de Madrid cuenta con 39 municipios con plaza fija de toros, 64 ganaderías y 5 escuelas de tauromaquia. Actualmente, el mundo del toro atraviesa un período difícil. El COVID-19 ha venido a empeorar todavía más si cabe la situación de la tauromaquia en general. Las diferentes modalidades de festejos populares han visto sus festejos reducidos tanto en el año 2020 como en el 2021.

Dentro de la tauromaquia los recortes suponen un segmento intermedio entre los espectáculos de tauromaquia popular puramente de aficionados como son los encierros, los toros embolados o el toro de cuerda y el segmento totalmente profesionalizado de las corridas de toros.

En los festejos de recortes hay una industria a su alrededor que se ha visto muy dañada por estos dos años de casi absoluto parón. Esta situación puede sin embargo aprovecharse para, con la ayuda de la administración, lograr un nuevo empujón que suponga un salto cualitativo en la industria del festejo de recortes y que pueda suponer una vuelta en 2022 con unos cimientos incluso más fuertes que antes y con una proyección de público mayor.

III. La Fundación del Toro de Lidia es una entidad sin ánimo de lucro destinada a la promoción y la defensa jurídica de todas las tauromaquias. Aglutina a todos los actores vinculados al espectáculo taurino (toreros, ganaderos, empresarios y aficionados) y extiende su ámbito de actuación más allá de las fronteras españolas. Nació en junio de 2015 por iniciativa de la Unión de Criadores de Toros de Lidia para dar una respuesta coordinada y eficaz al creciente número de ataques antitaurinos sufridos por el sector en los últimos años.

En tanto que entidad que aglutina a los diversos sectores profesionales y aficionados del mundo del toro, se ha concentrado en los últimos tiempos de pandemia en la creación y trabajo de formatos que puedan suponer un impulso a largo plazo en diferentes segmentos de la tauromaquia.

IV. Tanto la Comunidad de Madrid como la Fundación del Toro de Lidia manifiestan su intención de proteger, impulsar y mantener la dimensión cultural y la dimensión económica de la tauromaquia y para ello alcanzar los compromisos y actuaciones necesarias que coadyuven al mayor realce de la tauromaquia en la Comunidad de Madrid, haciendo partícipes de dicho impulso a los distintos municipios de la región con tradición taurina.

V. El Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid está adscrito a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior en virtud de la disposición adicional primera del Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior. Por Decreto 226/1995, de 17 de agosto, se establece la dependencia orgánica y se definen la estructura y las funciones del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid y se aprueban las normas de organización y funcionamiento. El artículo 2 apartado c) atribuye al Centro de Asuntos Taurinos el fomento de la fiesta de los toros, con especial atención a las nuevas generaciones de toreros, mediante la organización, coordinación, dirección y gestión de la Escuela de Tauromaquia José Cubero Yiyo de la Comunidad de Madrid. El apartado d) de dicho artículo atribuye asimismo al Centro la función de promocionar la fiesta de los toros en su dimensión social y cultural, como fiesta del pueblo, organizando cuantas actividades de todo tipo aconseje este objetivo.

En atención a lo expuesto, las partes firmantes establecen las siguientes

CLÁUSULAS

Cláusula primera

Objeto del convenio

El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y del Centro de Asuntos Taurinos, adscrito a la misma, y la Fundación del Toro de Lidia (en adelante, la Fundación), para la organización y ejecución del Campeonato de Recortadores de la Comunidad de Madrid, durante el año 2021.

Cláusula segunda

Objetivos de la actuación proyectada y funcionamiento del certamen

1. Objetivos del certamen.

La organización del Campeonato de Recortadores va a perseguir la consecución estos objetivos:

a) Generación de nuevos productos para diferentes nichos de mercado.

Es objetivo de la actuación proyectada buscar la creación de nuevos modelos de organización y comunicación y la búsqueda de nuevos públicos, que a la postre van a favorecer a la tauromaquia en su conjunto.

b) Creación de riqueza local.

Los festejos taurinos son fuente de riqueza local de primer orden, ya que suponen la atracción de numerosas personas que celebran el festejo taurino alrededor de bares y restaurantes, con pernoctaciones de los que vienen de fuera.

Si bien el Campeonato de Recortadores en su primera edición tendrá un número reducido de festejos, en el futuro irá creciendo y consolidándose como una referencia en la Comunidad de Madrid.

c) Fomento de la cultura.

La cultura es un intangible a promocionar por las administraciones, un valor en sí mismo, por lo que supone de riqueza espiritual para todos los que participan alrededor del hecho cultural.

La tauromaquia es la expresión cultural más característica de España, nuestro regalo cultural al mundo entero, una joya que debemos proteger y promover.

Madrid, no lo olvidemos, es la capital mundial de la tauromaquia, posicionamiento que se va a ver reforzado sin duda con el Campeonato de Recortadores.

2. Funcionamiento del certamen.

2.1. Sistema de competición

El Campeonato de Recortadores está compuesto por las siguientes fases:

— Clasificatorias: Dos festejos en el que participarán 16 recortadores en cada uno, con 5 toros.

Los 16 recortadores de cada festejo intervendrán con 4 toros (4 recortadores por toro), pasando a una final de cada festejo los 4 mejores, que recortarán al quinto toro. Habrá un triunfador en cada festejo de clasificación.

— Final: Los 8 mejores de cada clasificatoria participarán en la final, que tendrá el mismo sistema que las clasificatorias: 4 recortadores por toro y los 4 mejores pasando a la final con el quinto toro.

2.2. Calendario.

El Campeonato de Recortadores se celebrará durante el mes de noviembre o diciembre de 2021.

2.3. Selección de los participantes.

Tanto los recortadores participantes como las ganaderías seleccionadas serán elegidos por el Centro de Asunto Taurinos de la Comunidad de Madrid, con el asesoramiento especializado que considere oportuno.

Todas las ganaderías que participen en el Campeonato de Recortadores serán de la Comunidad de Madrid.

Los recortadores participantes serán en su mayoría de la Comunidad de Madrid, pudiendo haber alguna incorporación de otras Comunidades Autónomas por causas justificadas en función de la relevancia del participante.

2.4. Plazas.

Las plazas en la Comunidad de Madrid, seleccionadas de común acuerdo entre el Centro de Asuntos Taurinos y la Fundación, podrán ser cubiertas dada la época del año en la que se van a celebrar los festejos.

2.5. Organización y gestión del Campeonato de Recortadores.

La Fundación de Toro de Lidia es la promotora del Campeonato de Recortadores y será, en este sentido, la responsable de establecer las normas generales de participación, así como la vigilancia de su cumplimiento y, sobre todo, de la promoción del conjunto del Campeonato de Recortadores.

Sin perjuicio de lo anterior, cada empresario será responsable de la organización específica de cada uno de los festejos que tenga encomendado, asumiendo los correspondientes derechos y obligaciones.

2.6. Normativa taurina y Reglamento interno.

Todos los participantes en los festejos del Campeonato de Recortadores estarán sujetos en todo lo relacionado con su participación profesional en los diferentes festejos integrados en dicho evento a la normativa taurina vigente en cada momento, debiendo dar cumplimiento, igualmente, al resto de la normativa que les resulte de aplicación a cada uno de ellos (en especial, en el ámbito laboral, fiscal, de la seguridad social, etc.).

Además, todos los participantes deberán suscribir el reglamento interno o las normas internas, que tienen como propósito regular la organización y el desarrollo de los festejos del Campeonato de Recortadores.

Cláusula tercera

Compromisos de la Comunidad de Madrid

En concreto, la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y del Centro de Asuntos Taurinos, llevará a cabo las siguientes actuaciones:

— Difundir y facilitar el máximo conocimiento de las actuaciones desarrolladas al amparo del presente convenio, con objeto de garantizar la participación y máximo compromiso de las localidades y municipios implicados.

— Seleccionar, de común acuerdo con la Fundación, las plazas de la Comunidad de Madrid en las que se desarrollará el Campeonato.

— Seleccionar tanto los recortadores participantes como las ganaderías seleccionadas, con el asesoramiento especializado que considere oportuno.

— Establecer procedimientos para la coordinación entre las distintas empresas organizadoras del Campeonato de Recortes, así como con los ayuntamientos y localidades implicadas, para garantizar el adecuado cumplimiento de los compromisos de la Fundación.

— Poner a disposición de las actuaciones previstas en el presente convenio la web de la Comunidad de Madrid y sus canales y redes sociales.

— Apoyar y asesorar, con el personal técnico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, así como del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid, a la Fundación para garantizar la plena realización de los compromisos en los diferentes ámbitos de actuación.

— Aportar el presupuesto previsto en la cláusula quinta de este convenio, para el adecuado desarrollo y ejecución de las actuaciones previstas al amparo del presente convenio. Tal presupuesto irá destinado a sufragar los costes de organización de los tres festejos, cubriendo, en concreto, los gastos derivados de la contratación de los recortadores, directores de lidia, veterinarios; los gastos de ganadería y transporte del ganado, los de equipo médico, UVI y quirófano móvil, los diferentes tipos de seguros y los gastos de publicidad, personal de las plazas y limpieza de las mismas, entre otros.

Cláusula cuarta

Compromisos de la Fundación

La Fundación llevará a cabo el desarrollo y ejecución de las actuaciones previstas en el presente convenio con la colaboración de la Comunidad de Madrid de acuerdo con los compromisos asumidos por ésta en la cláusula anterior.

La Fundación será la promotora del Campeonato de Recortes. La Fundación será, en este sentido, la responsable de establecer las normas generales de participación, así como la vigilancia de su cumplimiento, y sobre todo de la promoción del conjunto de la actuación.

A estos efectos, la Fundación elaborará unas bases reguladoras, que recogerán, además de los criterios de puntuación valorables para ser seleccionados, una serie de requisitos para que los empresarios que así lo deseen puedan solicitar organizar alguno de los festejos del Campeonato de Recortadores. Estas normas internas recogerán, además de las pautas para la participación en los festejos y para la organización y ejecución de los mismos, un protocolo de prevención frente al COVID-19, de acuerdo con la normativa vigente en la Comunidad de Madrid y resto de normativa sanitaria vigente.

Cada empresario con el que la Fundación, a su vez, contrate la organización de cada festejo, será responsable de dicha organización específica de cada festejo, asumiendo los correspondientes derechos y obligaciones.

Las normas internas a las que se refieren los párrafos anteriores serán supervisadas por la Comunidad de Madrid, a través del Centro de Asuntos Taurinos.

La Fundación desarrollará las actuaciones previstas en el presente convenio, con sus propios medios materiales y humanos, financiando los gastos necesarios conforme a la cláusula quinta de este convenio.

La Fundación implementará un programa básico de comunicación, que incluirá su coordinación, que será asignada a un responsable de comunicación y a un responsable de redes sociales.

Asimismo, la Fundación se hará cargo de los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención del coordinador y demás personas de la misma que deban desplazarse para coordinar la organización y ejecución de los eventos, así como de otros gastos generales de gestión y gastos imprevistos.

Por último, la Fundación hará constar la participación y financiación de la Comunidad de Madrid en los documentos de difusión relacionados con el presente convenio conforme a la imagen corporativa y los logotipos oficiales facilitados por la Comunidad de Madrid.

Cláusula quinta

Financiación

1. El coste total de las obligaciones contraídas a través del presente convenio es de 124.304 euros.

2. La Comunidad de Madrid, a través del Centro de Asuntos Taurinos de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior participará con una aportación económica de 102.654,00 euros con cargo al programa presupuestario 334D Asuntos Taurinos (partida 22809, “Otros convenios, conciertos y acuerdos”), de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2019, aprobados por Ley 9/2018, de 26 de diciembre, prorrogados para 2021 por Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, con la siguiente distribución plurianual:

— Año 2021: 0,00 euros.

— Años 2022: 102.654,00 euros.

3. Por su parte, la Fundación Toro de Lidia asumirá el compromiso económico de una cantidad estimada en 21.650,00 euros para cubrir el coste derivado de las obligaciones contraídas a través del presente convenio, especificadas en la cláusula cuarta de este convenio.

Cláusula sexta

Pago y justificación

El pago de la aportación correspondiente a la Comunidad de Madrid se realizará previa justificación de los gastos incurridos y pagos efectuados por la Fundación Toro de Lidia para la organización y ejecución del Campeonato de Recortadores, de conformidad con el artículo 39.2 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

La Fundación presentará, antes del 31 de enero de 2022, la cuenta justificativa de la totalidad de las actuaciones ejecutadas, adjuntando las correspondientes facturas y demás justificantes de gastos incurridos y pagos efectuados, incorporando una memoria final de actuaciones y una memoria económica que identificará detalladamente los gastos realizados.

Una vez presentada dicha documentación, el Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid procederá a su validación, emitiendo el correspondiente certificado de conformidad. La Comunidad de Madrid, a través del Centro de Asuntos Taurinos y antes del 1 de marzo de 2022, procederá al pago de los gastos justificados por la Fundación que correspondan a la Comunidad de Madrid.

La Fundación queda obligada a destinar los fondos que la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior le aporte a la cobertura del conjunto de las actuaciones amparadas en el presente convenio, y acreditarlo debidamente.

Si la documentación presentada no justifica debidamente el importe total concedido, procederá el reintegro de las cantidades percibidas indebidamente o no justificadas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro.

Cláusula séptima

Duración y causas de resolución

El presente convenio tendrá una vigencia comprendida entre la fecha de su firma y la finalización de las actividades que constituyen su objeto, perdiendo, en todo caso, su vigencia a 31 de diciembre de 2022.

No obstante, la resolución de este convenio, además de por el transcurso del tiempo establecido, tendrá lugar por las causas previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cláusula octava

Comisión de seguimiento

Para disponer de un mecanismo de seguimiento, vigilancia y control del efectivo cumplimiento del convenio y de los compromisos adquiridos, se creará una Comisión de Seguimiento que se regirá por las normas propias de los órganos colegiados establecidas en la sección tercera del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/ 2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cada una de las partes designará para la Comisión dos miembros permanentes. La representación autonómica estará formada por el titular de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación y por el titular de la Dirección-Gerencia del Centro de Asuntos Taurinos, o personas en quienes deleguen. La Fundación Toro de Lidia estará representada por D. Victorino Martín García y por D. Fernando Gomá Lanzón, o personas en quienes deleguen.

La Comisión se reunirá con la frecuencia que determinen sus miembros y se encargará de realizar un seguimiento de los compromisos derivados del presente convenio, así como de los efectos, evolución y objetivos conseguidos.

Cláusula novena

Régimen jurídico

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, rigiéndose, en su interpretación y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas que surgieran en la interpretación, aplicación y cumplimiento del presente convenio y no pudieren ser resueltas en el seno de la Comisión de Seguimiento, quedarán sometidas a la competencia de los órganos del orden jurisdiccional contencioso administrativo radicados en Madrid.

En prueba de conformidad, se firma en Madrid el presente convenio.

Madrid, a 5 de noviembre de 2021.—El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Enrique López López.—En representación de la Fundación, Victorino Martín García y Fernando Gomá Lanzón.

(03/31.447/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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