Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
11-11-2021

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211111-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

96
Madrid número 18. Procedimiento 1286/2021

EDICTO

Don José Carlos González Arnal, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1286/2021 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 383/2021

El juez/magistrado-juez: don Ángel José Lera Carrasco.—En Madrid, a 6 de octubre de 2021.

El ilustrísimo señor don Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez del Juzgado de instrucción 18 de esta Ciudad, habiendo visto el procedimiento de delitos leves, tramitados con el número 1286/2021, sobre el presunto delito de amenazas, con la intervención como implicados de Teresa María de la Cruz Díaz y Wendy Alejandra de la Cruz Pujols.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a Wendy Alejandra de la Cruz Pujols de un delito leve de amenazas, con declaración de las costas de oficio.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia, acto seguido de dictarse por el señor magistrado-juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de todo lo cual doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Wendy Alejandra de la Cruz Pujols, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 20 de octubre de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/30.284/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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