Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
11-11-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211111-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDILECHA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdilecha. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada en fecha 26 de octubre de 2021, acordó aprobar provisionalmente y con carácter definitivo, si durante el trámite de información pública no se formulan reclamaciones, el expediente de modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa por enseñanzas especiales en establecimientos docentes de las entidades locales y ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de actividades deportivas municipales, utilización de piscina y espacios deportivos municipales. Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, a fin de que, en el término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los interesados a que se refiere el artículo 18 de la citada Ley Reguladora de las Haciendas Locales puedan examinar el expediente de referencia, que se encuentra de manifiesto en las dependencias de la Secretaría, y presentar, en su caso, las reclamaciones y/o sugerencias que consideren oportunas ante el Pleno de la Corporación. En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 17.3 “in fine” de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Valdilecha, a 28 de octubre de 2021.—El alcalde, José Javier López González.

(03/30.729/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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