Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
11-11-2021

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211111-29

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

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ORDEN 3270/2021, de 2 de noviembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se autoriza a la Universidad Alfonso X el Sabio a impartir el Máster Universitario en Psicología General Sanitaria de la Facultad de Medicina en el campus de Chamartín, además de en el campus de Villanueva de la Cañada.

Visto el expediente instruido a instancia de D. Jesús Núñez Velázquez, en representación de la Universidad Alfonso X el Sabio, relativo a la autorización de impartición del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria de la Facultad de Medicina en el campus de Chamartín, además de en el campus de Villanueva de la Cañada, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Mediante Orden 2941/2018, de 8 de agosto, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se autoriza la implantación y supresión de enseñanzas universitarias oficiales en las universidades de la Comunidad de Madrid, se autorizó la implantación del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria de la Facultad de Medicina de la Universidad Alfonso X el Sabio (RUCT 4316774), que se imparte en el campus de Villanueva de la Cañada.

Segundo

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 20.c) de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Alfonso X el Sabio, aprobadas mediante Decreto 157/2011, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, con fecha 20 de julio de 2021, el Órgano de Administración de la citada universidad acordó dirigir a la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía una solicitud de autorización para la impartición del citado máster en el Campus de Chamartín, además de en el campus de Villanueva de la Cañada, con efectos para el curso 2021-2022.

Tercero

El día 21 de julio de 2021, don Jesús Núñez Velázquez, Presidente de la Universidad Alfonso X el Sabio, de conformidad con la facultad de representación institucional de la universidad, conferida en el artículo 19.2 de sus Normas de Organización y Funcionamiento, presentó la solicitud de autorización para la impartición del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria de la Facultad de Medicina en el campus de Chamartín, con efectos para el curso 2021-2022.

Cuarto

Con fecha 4 de mayo y 5 de octubre de 2021, la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía emitió sendos informes favorables relativos al cumplimiento de los requisitos previstos en el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, teniendo en cuenta la previsión de alumnos y las enseñanzas a impartir en las instalaciones del campus de Chamartín.

Quinto

El Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 20 de octubre de 2021, informó favorablemente la propuesta de autorización.

Sexto

En aplicación del punto 4 del artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se prescindió del trámite de audiencia a la Universidad Alfonso X el Sabio, con carácter previo a la propuesta de resolución, al no figurar en el procedimiento ni ser tenidas en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por dicha entidad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

El artículo 12.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 8.2, establece que la implantación y supresión en las universidades privadas de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, será acordada por la comunidad autónoma correspondiente, a propuesta de la universidad.

Segundo

El artículo 5.b) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, atribuye al Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid la competencia de conocer e informar las propuestas de creación, modificación o supresión de nuevas enseñanzas conducentes a la obtención de titulaciones oficiales.

Tercero

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, a propuesta de la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores, autorizar a la Universidad Alfonso X el Sabio la impartición del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria de la Facultad de Medicina en el campus de Chamartín, además de en el campus de Villanueva de la Cañada, con efectos para el curso 2021-2022.

Por cuanto antecede,

DISPONGO

Primero

Autorizar, a solicitud de la Universidad Alfonso X el Sabio, la impartición del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria de la Facultad de Medicina (RUCT 4316774) en el campus de Chamartín, además de en el campus de Villanueva de la Cañada, con efectos para el curso 2021-2022.

Segundo

La Universidad Alfonso X el Sabio deberá presentar a la Agencia Evaluadora la correspondiente solicitud de modificación de la memoria de verificación del título de Máster Universitario en Psicología General Sanitaria de la Facultad de Medicina.

Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Cuarto

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2021.

El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/30.954/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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