Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
13-10-2021

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211013-30

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

30
ORDEN 2901/2021, de 1 de octubre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se autoriza la implantación y supresión de enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado en las universidades de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2021-2022.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece, en su artículo 8.2, que la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial en las universidades públicas será acordada por la comunidad autónoma correspondiente, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad, mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

El artículo 12.2 de la citada Ley Orgánica establece que la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial en las universidades privadas será acordada por la comunidad autónoma correspondiente, a propuesta de la universidad.

Por otro lado, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en su redacción vigente, regula la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales y establece las directrices, condiciones y procedimiento de verificación y acreditación que deberán superar sus planes de estudio.

Por lo que respecta a las enseñanzas de doctorado, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, los programas de doctorado conducentes a la obtención del título oficial de Doctor deberán ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por la correspondiente comunidad autónoma.

De acuerdo con lo anterior, se procede, mediante la presente Orden, a la autorización, a partir del curso 2021-2022, del Máster Universitario Erasmus Mundus en Diseño Avanzado de Buques y Energías Renovables Marinas/Advanced Ship Design and Offshore Renewable Energies, solicitado por la Universidad Politécnica de Madrid, así como del Programa de Doctorado en Educación y Tecnología, solicitado por la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA), con resolución favorable de Verificación del Consejo de Universidades.

Por otro lado, se procede a la supresión de determinadas enseñanzas universitarias oficiales de posgrado, a solicitud de las universidades de Alcalá y Rey Juan Carlos, autorizadas con anterioridad por orden de la Consejería competente, como consecuencia de su escasa demanda o debido a una reorganización de su oferta de estudios. En todo caso, las universidades garantizarán el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen para los estudiantes que las hubieran iniciado hasta su finalización.

Por último, se procede a dejar sin efecto la autorización de implantación del Grado en Turismo en la Escuela Universitaria de Turismo ESERP, centro adscrito a la Universidad Rey Juan Carlos, al haber manifestado el centro que no se ofertan plazas de nuevo ingreso desde el curso 2017-2018.

Tal y como establece la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria, estas propuestas de implantación y supresión de enseñanzas universitarias oficiales han sido informadas por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria celebrada el 24 de septiembre de 2021.

En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento vigente,

DISPONGO

Primero

1. Acordar, a solicitud de la Universidad Politécnica de Madrid, la implantación del Máster Universitario Erasmus Mundus en Diseño Avanzado de Buques y Energías Renovables Marinas/Advanced Ship Design and Offshore Renewable Energies, título conjunto con la Université de Liège (Bélgica), a partir del curso 2021-2022, una vez cumplido el trámite de verificación establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

2. Acordar, a solicitud de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA), la implantación del Programa de Doctorado en Educación y Tecnología, a partir del curso 2021-2022, una vez cumplido el trámite de verificación establecido en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero.

3. Las universidades implantarán las enseñanzas que se autorizan con los recursos humanos y materiales adecuados a su impartición, de conformidad con las Memorias presentadas. La Universidad Politécnica de Madrid contará para ello con los recursos procedentes de los precios públicos establecidos para las enseñanzas universitarias oficiales, los ingresos procedentes del sistema de financiación de las universidades de la Comunidad de Madrid ya aprobado y el resto de los recursos con los que cuente la universidad.

4. Con independencia del contenido de las Memorias correspondientes a los Planes de Estudios que cuentan con la Resolución favorable del Consejo de Universidades, las actividades docentes de las enseñanzas cuya implantación se autoriza solo podrán ser impartidas en las instalaciones que hayan sido autorizadas por la Comunidad de Madrid.

5. Una vez que el Gobierno de la nación haya aprobado el carácter oficial de los títulos cuya implantación se autoriza por la presente Orden, el Rector de la universidad ordenará publicar el plan de estudios en el “Boletín Oficial del Estado” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. A estos efectos, la publicación deberá recoger los términos expresados en el apartado 5.1 de la Memoria contenida en el Anexo I del citado Real Decreto.

Segundo

1. Acordar la supresión, a propuesta de las universidades correspondientes, de las siguientes enseñanzas universitarias oficiales:

— Universidad de Alcalá:

• Máster Universitario en Enseñanza de la Lengua y la Cultura Hispánicas para Profesores de Primaria y Secundaria (código RUCT 4315273).

• Programa de Doctorado en Estudios Norteamericanos (código RUCT 5600480).

— Universidad Rey Juan Carlos:

• Máster Universitario en Dirección Estratégica de la Seguridad Pública (código RUCT 4313822).

• Máster Universitario en Derecho de las Administraciones Públicas (código RUCT 4313073).

2. Las universidades deberán garantizar, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen de tal forma que los estudiantes que las hubieran iniciado con un aprovechamiento académico normal, puedan finalizarlas.

Tercero

1. Dejar sin efecto, a solicitud de la Universidad Rey Juan Carlos, la implantación del Grado en Turismo en el centro adscrito Escuela Universitaria de Turismo ESERP, acordado mediante la Orden 3251/2008, de 30 de junio, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

2. La universidad deberá garantizar, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que dejan de impartirse en el centro adscrito Escuela Universitaria de Turismo ESERP, de tal forma que los estudiantes que las hubieran iniciado con un aprovechamiento académico normal, puedan finalizarlas.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

En Madrid, a 1 de octubre de 2021.

El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/28.856/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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