Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
06-10-2021

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211006-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 41

92
Madrid número 41. Procedimiento 1217/2020

EDICTO

D. ALFONSO NUÑEZ GOMEZ LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 41 DE MADRID.

DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves n° 1217/2020 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

“FALLO

Procede condenar y condeno a JOSE MARIA TEJADO ALHAMBRA como autor penalmente responsable de un delito leve de lesiones del artículo 147.2° del Código Penal, a la pena de dos meses de multa con una cuota diaria de cuatro euros, y con la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53.1 del Código Penal, en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Asimismo, procede condenar a José María Tejado Alhambra a indemnizar a José Luis Obando Argueta en la cantidad de 50 euros, por el día que tardó en curar de las lesiones que le fueron causadas. Todo ello con expresa imposición de las costas que se hubiesen generado en esta instancia. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, en virtud de lo dispuesto en el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, durante el cual estarán las actuaciones en la Secretaría de este Juzgado a disposición de las partes”.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a JOSE MARIA TEJADO ALHAMBRE actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, expido la presente.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2021.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/27.604/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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