Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
01-10-2021

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211001-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Paracuellos de Jarama. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Por decreto de Alcaldía de 20 de septiembre de 2021 se ha adoptado el acuerdo que se traslada a continuación:

Decreto.—En virtud de las facultades que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local; los artículos 43, 44 y 46 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, así como la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por medio de la presente resuelvo:

1. Ampliar el alcance de la modificación realizada a favor de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, mediante decreto de Alcaldía número 279/2021, de fecha 17 de marzo, y que afecta a determinadas fases de los procedimientos de contratación, y que se concretan en:

a) La revocación de las fases relativas a las actuaciones preparatorias en los contratos de concesiones de obra y concesiones de servicios, recogidas en los artículos 247 y 285 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos de Sector Público, y que afectan a:

— Los acuerdos sustitución del estudio de viabilidad por un estudio de viabilidad económico-financiera cuando por la naturaleza y finalidad de las obras o por la cuantía de la inversión requerida considerara que este es suficiente.

— La aprobación de los estudios de viabilidad, en su caso, o del estudio de viabilidad económico-financiera, en el caso de su sustitución, tal y como se ha expuesto antes.

2. Por otro lado, publicar la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo recogido en el artículo 46.1 del ROF y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, de conformidad con el Reglamento arriba citado.

Paracuellos de Jarama, a 21 de septiembre de 2021.—El alcalde, Jorge Alberto Campos Astrúa.

(03/27.841/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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