Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 208

Fecha del Boletín 
01-09-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210901-59

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

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Madrid número 80. Procedimiento 638/2019

EDICTO

Dña. ISABEL LOZANO BRUNA, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia núm. 80.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Divorcio contencioso núm. 638/2019 instados por Procurador D. GONZALO JOSE URBANO SASTRE en nombre y representación de D. JAVIER BAUTISTA SCHEUBER contra Dña. FLOREN ALIA DAY, en los que se ha dictado en fecha 14 de diciembre de 2020, Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Vistos por el ILMA. SRA. DOÑA ROCIO NIETO CENTENO, MAGISTRADO-JUEZ de Primera Instancia nº 80 de Madrid, los presentes autos de Divorcio Contencioso, seguidos ante este juzgado bajo el nº 638/2019 a instancia de DON JAVIER BAUTISTA SCHEUBER representado por el Procurador de los Tribunales don Gonzalo José Urbano Sastre contra DON FLOREN ALIA DAY, en rebeldía procesal sobre divorcio

FALLO

Que debo ESTIMAR y ESTIMO la demanda interpuesta por DON JAVIER BAUTISTA SCHEUBER representado por el Procurador de los Tribunales don Gonzalo José Urbano Sastre contra DON FLOREN ALIA DAY, en rebeldía procesal DECLARO DISUELTO POR CAUSA DE DIVORCIO el matrimonio contraído por los litigantes el 4 de junio de 2010 acordando:

1.- Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado a favor del otro, y cesa la posibilidad de vincular bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

2.- La disolución del régimen económico matrimonial de gananciales.

3.- No ha lugar a adoptar ninguna otra medida al no existir descendencia.

Todo ello sin expresa imposición de las costas causadas.

Expídase el oportuno despacho para la comunicación y anotación marginal de la misma en la inscripción de matrimonio, en el Registro Civil correspondiente.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2758-0000-33-0638-19 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1ª Instancia nº 80 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2758-0000-33-0638-19

Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012 de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

El/la Juez/Magistrado/a Juez

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Ilma. Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Dña. FLOREN ALIA DAY y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 14 de diciembre de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/26.018/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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